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Documento BORME-C-2021-4707

INJAT, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE Y ESCINDIDA TOTALMENTE)
LOCALES DE BURGOS, S.L.U.
AGRÍCOLA CINEGÉTICA SAN QUIRCE, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)
INJAT, S.L.
FAJAT PROPERTIES, S.L.
SANTA JULITA, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS Y DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 5840 a 5840 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-4707

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME en el caso de la escisión, se hace público que la Junta General de Socios de Injat, S.L., celebrada el 18 de junio de 2021, ha aprobado la fusión por absorción de Locales de Burgos, S.L.U., y de Agrícola Cinegética San Quirce, S.L.U., y, con carácter simultáneo, la escisión total de Injat, S.L., a favor de tres sociedades beneficiarias de nueva creación (I.E. Injat, S.L., Fajat Properties, S.L., y Santa Julita, S.L.), en los términos establecidos en el proyecto común de doble fusión y escisión total de fecha 17 de junio de 2021. Las operaciones de fusión han sido aprobadas en misma fecha por el socio único de las sociedades absorbidas.

Las operaciones de fusión implican la transmisión en bloque del patrimonio de las sociedades absorbidas a Injat, S.L., y la disolución, sin liquidación de aquéllas, circunstancia que conllevará su extinción. La simultánea escisión total de Injat, S.L., implica la extinción, sin liquidación, de ésta y la consiguiente constitución de tres sociedades beneficiarias de nueva creación mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal del patrimonio de Injat, S.L., a favor de las sociedad beneficiarias, conforme a la distribución establecida en el proyecto, y la atribución de participaciones de las sociedades beneficiarias a los socios de Injat, S.L., en proporción a su respectiva participación en ésta.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de Injat, S.L., Locales de Burgos, S.L.U., y Agrícola Cinegética San Quirce, S.L.U., de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y escisión total adoptados, así como los balances de fusión. No ha sido necesario el balance de escisión ex. artículo 78 bis LME.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de Injat, S.L., Locales de Burgos, S.L.U., y Agrícola Cinegética San Quirce, S.L.U., de oponerse a las referidas operaciones en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Burgos, 21 de junio de 2021.- La Presidenta del Consejo de Administración de Injat, S.L., Locales de Burgos, S.L.U., y Agrícola Cinegética San Quirce, S.L.U., Emma Antolín Granet.

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