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Documento BORME-C-2021-4687

CAFÉS BATALLA 2000, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES Y SERVICIOS DEL CAFÉ 2000, S.L.U.
PRODUCTOS ALIMENTICIOS LA GARZA, S.L.U.
TOLE, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 5819 a 5819 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4687

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de "CAFÉS BATALLA 2000, S.L.", sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Lleida, el socio único de "INVERSIONES Y SERVICIOS DEL CAFÉ 2000, S.L.U.", sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Lleida, ejercitando las competencias de Junta General con carácter universal, el socio único de "PRODUCTOS ALIMENTICIOS LA GARZA, S.L.U.", sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, ejercitando las competencias de Junta General con carácter universal y la Junta General Extraordinaria y Universal de "TOLE, S.L.", sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Lleida; en fecha 14 de junio de 2021 aprobaron, por unanimidad, la fusión por absorción por "CAFÉS BATALLA 2000, S.L." (sociedad Absorbente), de las sociedades "INVERSIONES Y SERVICIOS DEL CAFÉ 2000, S.L.U.", "PRODUCTOS ALIMENTICIOS LA GARZA, S.L.U." y "TOLE, S.L." (sociedades absorbidas), con disolución, sin liquidación, de las tres Sociedades absorbidas, con extinción de las mismas, y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen el patrimonio de dichas sociedades absorbidas, a la Sociedad absorbente, conforme a los términos y condiciones del Proyecto de fusión suscrito en fecha 1 de junio de 2021 por los órganos de administración de las Sociedades intervinientes.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en las cuatro sociedades intervinientes por unanimidad y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el Proyecto de fusión.

Conforme a lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho de los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los Balances de fusión, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de cada una de las Sociedades, en el plazo de un mes en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley.

Lleida, 14 de junio de 2021.- El Administrador único de Cafés Batalla 2000, S.L., y de Productos Alimenticios La Garza, S.L.U., y en representación de la entidad Espresso 95, S.L., Administradora única de Tole, S.L., y de Inversiones y Servicios del Café 2000, S.L.U., Ramón Batalla Casanovas.

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