Está Vd. en

Documento BORME-C-2021-454

EMERGING, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FILESMET, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 25, páginas 549 a 549 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-454

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General de Socios de la Sociedad Absorbente Emerging, S.L. (en adelante, "Emerging") y el Socio Único de la Sociedad Absorbida Filesmet, S.L.U, (en adelante, "Filesmet") han aprobado en fecha de 23 de octubre de 2020, la fusión de las sociedades EMERGING e Filesmet, mediante la absorción de la última por la primera.

A la presente fusión le resulta de aplicación el régimen normal de las fusiones previsto en el artículo 31 de la LME, en la medida en que la operación aquí proyectada es una fusión no simplificada donde la sociedad absorbente y la sociedad absorbida no están íntegramente participadas entre ellas ni participadas de forma directa por un mismo socio único. En consecuencia, la fusión entre Emerging (sociedad absorbente) e Filesmet (sociedad absorbida) tendrá que seguir el proceso normal para fusiones no simplificadas.

Por otro lado, y de acuerdo con el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin publicar o depositar previamente en la web de las Sociedades o en su defecto, en el Registro Mercantil los documentos exigidos por la Ley y sin informe de administradores sobre el Proyecto común de Fusión, por haberse aprobado el acuerdo de fusión de forma unánime por todos los socios de ambas sociedades reunidos en Junta Universal en cada Sociedad y por el Socio único.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes a obtener, en los domicilios sociales respectivos, el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados por la Junta General de socios la sociedad absorbente y de la decisión del Socio único de la sociedad absorbida, y a obtener los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2019.

De acuerdo con el artículo 44 de la LME, los acreedores de las Sociedades partícipes en la fusión, cuyos créditos se encuentren en la situación que se describe en el apartado 2 del referido artículo 44 de la LME, podrán oponerse a la fusión durante el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de los acuerdos por los que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el citado artículo.

Washington DC, 23 de octubre de 2020.- El Administrador único de las sociedades Emerging, S.L. e Filesmet, S.L.U, José María Alonso Biarge.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid