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Documento BORME-C-2021-4462

SANITAS, S.A. DE SEGUROS

Publicado en:
«BORME» núm. 112, páginas 5559 a 5559 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-4462

TEXTO

Anuncio de sustitución de títulos

De conformidad con lo previsto en el artículo 117 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace público que el Consejo de Administración de Sanitas, S.A. de Seguros (la "Sociedad"), en su reunión de 24 de mayo de 2021 ha acordado proceder a la sustitución de los títulos nominativos, simples o múltiples, o resguardos provisionales, emitidos con anterioridad a dicha fecha, representativos de la totalidad de las 25.486.524 acciones nominativas en que se divide el capital social de la Sociedad, por otros títulos de nueva emisión en los que se expresarán, ya actualizadas, las menciones al domicilio social, a la cifra de capital social y al valor nominal de las acciones de la Sociedad.

Plazo: Para proceder al canje de sus títulos o resguardos provisionales los Señores accionistas dispondrán hasta el día 15 de septiembre de 2021.

Procedimiento: Podrán acudir al canje todos los accionistas de la Sociedad presentando, dentro del plazo señalado, sus correspondientes títulos o resguardos provisionales en el domicilio social (Área de Gobierno Corporativo), sito en Madrid, calle Ribera del Loira, 52, previa cita que deberá solicitarse bien a través del teléfono 691 47 00 86 o mediante correo electrónico dirigido a la dirección societario@sanitas.es. El canje no implicará coste alguno para los accionistas.

Anulación de títulos: Todos aquellos títulos o resguardos provisionales anteriores al 24 de mayo de 2021 que no sean presentados para su canje dentro del plazo señalado anteriormente quedarán anulados automáticamente y se sustituirán por nuevos títulos, cuya emisión se anunciará conforme a lo previsto en el artículo 117.2 de la LSC (así como en la página web corporativa de la Sociedad), y se entregarán o remitirán a la persona a cuyo nombre figuren o a sus herederos, previa justificación de su derecho. Si aquélla no pudiera ser hallada, los títulos quedarán depositados en la Sociedad por cuenta de quien justifique su titularidad.

Se hace constar que transcurridos tres años desde el día de la constitución del depósito la Sociedad podrá vender, con la intervención de Notario y por cuenta y riesgo de los interesados, los títulos que permanezcan depositados, quedando el importe de la venta depositado a disposición de los interesados en el Banco de España o en la Caja General de Depósitos, todo ello de conformidad con lo establecido en la normativa aplicable.

Madrid, 10 de junio de 2021.- La Vicesecretaria del Consejo de Administración, Sol Fernández-Rañada.

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