Está Vd. en

Documento BORME-C-2021-4233

SANDOLU, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MEREVI, S.L.U.
MATEFI, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 108, páginas 5286 a 5286 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4233

TEXTO

De conformidad con el artículo 43, 49 y 51 de la ley 3/ 2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"}, se hace público que, con fecha 17 de mayo de 2021, la Junta general extraordinaria y universal de socios de la mercantil SANDOLU, S.L.U., y el socio único de la mercantil MEREVI, S.L.U., y MATEFI, S.L.U., la propia sociedad, acordaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de la sociedades MEREVI, S.L.U., y MATEFI, S.L.U., por la mercantil SANDOLU, S.L.U., con disolución, extinción y sin liquidación de las sociedades absorbidas, transmitiendo en bloque, a título de sucesión universal, la totalidad del patrimonio a la sociedad absorbente, con efectos contables desde el 1 de enero de 2021, de acuerdo con el proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión en fecha 17 de mayo de 2021, y subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la absorbida.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto las sociedades absorbidas están íntegramente participadas por la sociedad absorbente y, de conformidad con el artículo 49.1 de la mencionada Ley, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión impropia ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada ley. Se aprobaron los respectivos Balances de fusión, cerrados a 31 de diciembre de 2020, y las operaciones de las sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de enero de 2021.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, trabajadores y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de las mismas. Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación de este anuncio de la fusión todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Valencia, 17 de mayo de 2021.- El Administrador único de la mercantil SANDOLU, S.L.U., y el Administrador único de la mercantil MEREVI, S.L.U., y MATEFI, S.L.U., Santiago Fiallega Escauriza.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid