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Documento BORME-C-2021-20

SERVICIOS DE INGENIERÍA Y GESTIÓN, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 1, páginas 20 a 20 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2021-20

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 348 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad Servicios de Ingenieria y Gestión, S.A., CIF A-78464047, celebrada en la calle Gobelas número 13 de Madrid, a las doce horas del día 23 de septiembre de 2020, acordó por mayoría del 62 por 100 del Capital Social de la Sociedad, la modificación sustancial del Objeto Social y la consiguiente modificación del artículo 3 de los Estatutos Sociales de la Sociedad, y que, en adelante, tendrá la siguiente redacción:

"Artículo 3.º - Objeto Social.- "La intermediación en la coordinación y contratación para el estudio y redacción de toda clase de proyectos y dictámenes técnicos y de ingeniería, a todo tipo de empresas y particulares tanto en el territorio nacional como internacional, que contempla desde estudios de viabilidad o ingenierías básicas y conceptuales, hasta le ejecución completa de grandes y complejos proyectos "llave en mano", incluyendo ingeniería y diseño, gestión de aprovisionamiento y entrega de equipos y materiales, y la construcción de instalaciones y otros servicios relacionados o vinculados, como la asistencia técnica, supervisión de construcción, dirección de obra, dirección facultativa, puesta en marcha y entrenamiento y la gestión y tramitación de los mismos ante los organismos de su respectiva competencia. Las actividades enumeradas podrán también ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente de modo indirecto, mediante la participación en otras Sociedades con objeto análogo."

Lo que se comunica a los efectos del apartado 1.a) del artículo 346 y de los apartados 1 y 2 del artículo 348 de la vigente Ley de Sociedades de Capital, y, en especial, a los efectos de informar y comunicar a los señores accionistas de la Sociedad que no hubieran votado a favor del citado acuerdo que tienen el derecho a separarse de la Sociedad en los términos establecidos en la Ley y siempre que sea ejercitado dicho derecho en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil».

Madrid, 11 de diciembre de 2020.- El Administrador Solidario, Ignacio Dusmet Mingot.

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