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Documento BORME-C-2021-10

BODEVICI, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BDV ORGANIC BEGUES, S.L.
JQ ORGANIC FOOD, S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 1, páginas 10 a 10 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-10

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME") se hace público que el Socio Único de las mercantiles, Bodevici, S.L.; de BDV Organic Begues, S.L. y de JQ Organic Food, S.L., en reuniones celebradas en Barcelona el 23 de diciembre de 2020, adoptó el acuerdo de fusión por absorción de Bodevici, S.L. (Sociedad absorbente) y BDV Organic Begues, S.L.; JQ Organic Food, S.L. (Sociedades absorbidas), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y la transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la sociedad absorbente, sucediendo ésta en todos sus derechos y obligaciones a las sociedades absorbidas según los términos establecidos en el proyecto de fusión de fecha 11 de diciembre de 2020, y sirviendo de base a la operación los balances cerrados a 11 de diciembre de 2020 respectivamente.

La fusión implica la transmisión en bloque de los patrimonios de las sociedades absorbidas a la sociedad absorbente, la atribución de participaciones de la sociedad absorbente al socio único de las sociedades absorbidas, circunstancia que conlleva la extinción de las mismas.

Como consecuencia de la absorción del patrimonio de las sociedades absorbidas, la sociedad absorbente procede a aumentar su capital social, actualmente fijado en 3.000 euros, en la cifra de 63.000 euros, mediante la creación de 63.000 nuevas participaciones sociales iguales a las ya existentes, acumulables e indivisibles, de un euro de valor nominal cada una y numeradas de la 3.001 a la 66.000 ambos inclusive, las cuales se adjudican al socio único de las sociedades absorbidas.

A los efectos de lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse al acuerdo de fusión en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la misma Ley.

Barcelona, 28 de diciembre de 2020.- El Secretario de Bodevici, S.L., de BDV Organic Begues, S.L. y de JQ Organic Food, S.L, Jordi Rivera Jové.

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