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Documento BORME-C-2020-8117

EUROPARTNERS BUILDING INVESTMENTS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 250, páginas 9781 a 9782 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-8117

TEXTO

Anuncio de reducciones de capital.

En cumplimiento de lo establecido por el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, la citada Sociedad hace público que su Junta General de Accionistas celebrada el 15 de diciembre de 2020, con carácter de universal, adoptó, por unanimidad, entre otros, que no los contradicen, dos acuerdos de reducción de capital, que expresan los siguientes extremos:

1.- En cuanto a la primera reducción de capital:

I.- La cifra de la reducción de capital mediante la compensación de pérdidas es de 1.486.162,46 euros, quedando el capital social fijado en 193.837,54 euros.

II.- La finalidad de la reducción es reestablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas.

III.- Se efectúa mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones que era de 40 euros, en 35,384821 euros, quedando fijado el valor nominal de cada acción en 4,615179 euros. Por tanto, afecta por igual a todos los accionistas.

IV.- Como consecuencia de lo anterior, se acuerda modificar el artículo 5 de los Estatutos sociales que pasará a tener el siguiente tenor literal:

"Artículo 5º Capital Social: El capital social es de CIENTO NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE EUROS Y CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS DE EURO (193.837,54€), representado por CUARENTA Y DOS MIL (42.000) acciones ordinarias nominativas de 4,615179 euros de valor nominal cada una, numeradas de la 1 a la 42.000, ambos inclusive. El capital está totalmente suscrito y desembolsado."

V.- En virtud del artículo 335.a) de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que los acreedores de la Sociedad no gozan de derecho de oposición a este acuerdo de reducción de capital.

2.- En cuanto a la segunda reducción de capital:

I.- La cifra de la reducción de capital es de 133.837,54 euros, quedando el capital social fijado en 60.000 euros.

II.- La finalidad de la reducción es constituir la reserva voluntaria.

III.- Se efectúa mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones que era de 4,615179 euros, en 3,186608 euros, quedando fijado el valor nominal de cada acción en 1,428571 euros. Por tanto, afecta por igual a todos los accionistas.

IV.- Por tanto, queda constituida la reserva voluntaria por importe de 133.837,54 euros.

V.- Como consecuencia de lo anterior, se acuerda modificar el artículo 5 de los Estatutos sociales que pasará a tener el siguiente tenor literal:

"Artículo 5º Capital Social: El capital social es de SESENTA MIL EUROS (60.000 €), representado por CUARENTA Y DOS MIL (42.000) acciones ordinarias nominativas de 1,428571 euros de valor nominal cada una, numeradas de la 1 a la 42.000, ambos inclusive. El capital está totalmente suscrito y desembolsado."

VI.- En lo menester, se hace constar que los acreedores de la sociedad podrán ejercitar el derecho de oposición a esta reducción de capital durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Barcelona, 22 de diciembre de 2020.- El Administrador solidario, Javier Condomines Concellón.

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