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Documento BORME-C-2020-8043

OPLA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 247, páginas 9698 a 9699 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-8043

TEXTO

Comunicación de oferta de suscripción preferente de nuevas acciones.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 304 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica a los Sres. accionistas de Opla, S.A., que la Junta General de la Sociedad ha acordado en la reunión celebrada en el día 22 de diciembre de 2020, aumentar el capital social en un importe de un millón nueve mil seiscientos ochenta euros (1.009.680 €), mediante la creación de ocho mil cuatrocientas (8.400) nuevas acciones, de un valor nominal igual al de las preexistentes, es decir, con un valor nominal de ciento veinte euros con veinte céntimos cada una, con iguales derechos y obligaciones que las actualmente existentes, ordinarias, nominativas, acumulables e indivisibles, y numeradas correlativamente del 6.401 al 14.800, ambos inclusive.

En relación con el mencionado acuerdo de ampliación de capital se comunica a los Sres. accionistas que:

* Tienen derecho a asumir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que poseían previamente a la ampliación el capital.

* La Junta General ha aprobado que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 305.1 de la Ley de Sociedades de Capital la suscripción de las nuevas acciones debe ser realizada mediante el desembolso de la cantidad correspondiente al valor nominal de las acciones que se suscriban, dentro del plazo de dos (2) meses, a contar desde la fecha en el que el acuerdo de aumento y apertura del periodo de suscripción preferente hubiera sido publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, o hubiera sido enviada notificación personal y fehaciente a los señores accionistas, mediante transferencia en la cuenta corriente abierta a nombre de la sociedad, CAIXA POPULAR ES15 3159 0061 6122 9061 5620, indicando en el concepto de la transferencia el nombre o razón social del accionista suscriptor.

* A dichos efectos, los accionistas podrán agrupar las acciones que posean previamente, con la finalidad de determinar el número de nuevas acciones que tienen derecho a suscribir. De producirse números decimales al calcular el número de nuevas acciones a suscribir, las fracciones decimales serán despreciadas, asignando por tanto a cada accionista el número entero obtenido sin tener en cuenta las referidas fracciones decimales.

* Las acciones no suscritas en el ejercicio del derecho de suscripción preferente, serán ofrecidas por el Administrador Único a los accionistas que sí lo hubieren ejercitado, para su suscripción y desembolso durante un nuevo plazo no superior a dos (2) meses, a contar desde la fecha en el que el Administrador Único hubiera comunicado el resultado de la suscripción en primera ronda y la apertura del segundo periodo de suscripción de las acciones no suscritas en la primera. Por último, durante los quince (15) días siguientes a la finalización del plazo anterior, el Administrador Único podrá adjudicar las acciones no suscritas a personas extrañas a la Sociedad.

* El Administrador único declarará, finalmente, cerrada la ampliación de capital en la cifra efectivamente asumida y desembolsada, procediendo a asignar la numeración de las acciones suscritas y desembolsadas por cada accionista, y a modificar el artículo 5.º de los Estatutos Sociales (relativo al capital social), en dichos términos.

Paterna, 22 de diciembre de 2020.- El Administrador único, César del Alcázar Silvela.

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