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Documento BORME-C-2020-7849

TAISA LOGISTICS 1960, S.A.U.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
TAISA SUPPLY CHAIN, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 240, páginas 9470 a 9470 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7849

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), por remisión del artículo 73.1 LME, en relación con el artículo 71 LME, se hace público que con fecha 11 de diciembre de 2020, el accionista único de la sociedad Taisa Logistics 1960, S.A.U., como sociedad segregada (la "Sociedad"), ha acordado y aprobado la segregación de la Sociedad en favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación Taisa Supply Chain, S.L.U. (la "Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación"), en los términos previstos en el proyecto de segregación formulado por el órgano de administración de la Sociedad en fecha 18 de noviembre de 2020.

La segregación implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la actividad de servicios logísticos, almacenaje de productos, así como de toda clase de servicios auxiliares y complementarios de los anteriores, que se desarrollan en las instalaciones de Alovera, Lérida y Málaga, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación y la atribución de la totalidad de las participaciones sociales de la Sociedad Beneficiaria de Nueva Creación a la Sociedad.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de la Sociedad, a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado, así como el balance de segregación.

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la segregación en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 11 de diciembre de 2020.- El Administrador único de Taisa Logistics 1960, S.A.U., Mahou, S.A., representante persona física, Alberto Rodríguez-Toquero Ramos.

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