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Documento BORME-C-2020-7823

VALRISCO, S.L.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SERVICIOS EXPLOTACIONES APLICADAS HOSTELERAS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 239, páginas 9439 a 9439 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7823

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, con fecha 27 de mayo de 2020, la Junta general extraordinaria de socios de la mercantil VALRISCO, S.L.L., y el socio único de la mercantil SERVICIOS EXPLOTACIONES APLICADAS HOSTELERAS, S.L., acordaron por unanimidad la fusión de ambas sociedades, mediante la absorción de la sociedad SERVICIOS EXPLOTACIONES APLICADAS HOSTELERAS, S.L., por la mercantil VALRISCO, S.L.L., con disolución y sin liquidación de la sociedad absorbida, transmitiendo en bloque, a título de sucesión universal, la totalidad del patrimonio a la sociedad absorbente, con efectos contables desde el 1 de septiembre de 2019, de acuerdo con el proyecto común de fusión formulado por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión en fecha 28 de noviembre de 2019, y subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la absorbida.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la sociedad absorbida está íntegramente participada por la sociedad absorbente y, de conformidad con el artículo 49.1 de la mencionada Ley, no procede establecer tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital social de la sociedad absorbente, ni la aprobación de la fusión por el socio único de la sociedad absorbida.

Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión impropia ni tampoco incluir en el mismo las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la citada ley.

Se aprobaron los respectivos Balances de fusión, cerrados a 31 de agosto de 2019, y las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, a partir del 1 de septiembre de 2019.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los Balances de fusión en el domicilio social de las mismas.

Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Madrid, 9 de diciembre de 2020.- El Secretario del Consejo de Valrisco, S.L.L., José Luis Millán de las Heras.- El Administrador único de la mercantil Servicios Explotaciones Aplicadas Hosteleras, S.L., Luis Miguel Rodríguez Zarza.

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