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Documento BORME-C-2020-7651

AUDIOVISUALES TCERO, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 232, páginas 9248 a 9248 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2020-7651

TEXTO

Anuncio de sustitución de títulos

A los efectos de lo establecido en el artículo 117.1 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que, en virtud de acuerdo adoptado, en sesión celebrada el pasado 13 de noviembre de 2020, por el Consejo de Administración de la mercantil Audiovisuales TCero, S.A. (en lo sucesivo la "Sociedad"), se decidió anular y sustituir la totalidad de los ocho (8) títulos múltiples nominativos que fueron emitidos en su día por acuerdo del Consejo de Administración de la Sociedad del 7 de septiembre de 2009, bajo la denominación anterior, esto es, Grupo Empresarial de la Televisión de Murcia, S.A., circunstancia esta que junto a las ampliaciones de capital posteriores en la que no se emitieron títulos, así como el hecho del extravío por la mayoría de los accionistas de sus respectivos títulos, conllevan la necesidad de la referida anulación y sustitución de todos los títulos por otros nuevos títulos.

A efectos de lo que antecede, se concede el plazo de un mes a constar desde la fecha de la publicación del presente anuncio, en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y en uno de los Diarios de mayor circulación en la provincia de Murcia, para que los accionistas, cuyos títulos sean objeto de anulación, presenten en el domicilio social dichos títulos para su canje o, en caso de no disponer de ellos, acrediten su titularidad por cualquier otro medio. Los títulos anulados serán sustituidos por otros cuya emisión se deja prevista en este anuncio de siete nuevos títulos múltiples, numerados correlativamente, del 1 al 7, ambos inclusive. De forma que siendo nominativos se entregarán o remitirán a la persona a cuyo nombre figuren o a sus herederos, previa justificación de su derecho. Si procediera se publicará la nueva emisión por los mismos medios que la anulación y sustitución, por canje, aquí anunciados, como sería el supuesto de que el accionista no pudiera ser hallado, en cuyo caso quedarán depositados por cuenta de quien justifique su titularidad siguiéndose en lo demás lo dispuesto en el artículo 117.3 Ley de Sociedades de Capital.

En caso de que algún accionista hubiera extraviado su correspondiente título múltiple, deberá completar la acreditación de su titularidad sobre las acciones, con una declaración por escrito en la que consten expresamente las siguientes manifestaciones: (i) haber perdido el título múltiple de que se trate, (ii) que no ha transmitido, enajenado o gravado en modo alguno las acciones representadas en el correspondiente título múltiple o en su defecto, que determinen la totalidad de las cargas que existen sobre las mismas y (iii) que dejará indemne a la Sociedad de cualquier perjuicio de dicho extravío o la incorrección o falsedad en las anteriores declaraciones pudiera causar.

Murcia, 19 de noviembre de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad, Grupo Empresarial Zambudio, Representado por Juan Francisco Zambudio Pérez.

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