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Documento BORME-C-2020-7040

APARCAMIENTO VICTORIAMAR, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AURORA APARCAMIENTOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 222, páginas 8554 a 8554 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7040

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

Conforme a lo dispuesto por el artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LMESM"), se hace público que el socio único de Aurora Aparcamientos, S.L.U. ("Sociedad Absorbida"), en ejercicio de las competencias que legalmente le corresponden, ha aprobado con fecha 30 de junio de 2020, la fusión por absorción de dicha sociedad, por parte de Aparcamiento Victoriamar, S.L.U. ("Sociedad Absorbente"), mediante la absorción, con disolución sin liquidación, de aquélla por parte de esta última, y traspaso en bloque y por sucesión universal, de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que lo adquirirá, todo ello con base en el proyecto común de fusión suscrito por todos los órganos de administración de las sociedades intervinientes y en los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2019. Encontrándose la Sociedad Absorbente íntegramente participada de forma directa por la Sociedad Absorbida, resulta de aplicación a la fusión, en la medida en que proceda, lo dispuesto por el artículo 49 de la LMESM, por remisión del artículo 52.1, y no resulta preciso el acuerdo del socio único de la Sociedad Absorbente.

Dicha decisión se ha adoptado sometida a las condiciones suspensivas consistentes en (i) la obtención de las autorizaciones administrativas pertinentes, (ii) la obtención de una autorización de carácter contractual y (iii) la inscripción en el Registro Mercantil de la fusión por absorción, a su vez, de las sociedades Aparcamiento Victoria, S.L.U. y Aparcamiento Paseo de Colón, S.L.U. (como sociedades absorbidas), por parte de Aparcamiento Victoriamar, S.L.U. (como sociedad absorbente), todo ello en los términos del proyecto común de fusión antes indicado.

Se hace constar que el acuerdo de fusión ha sido adoptado al amparo de lo dispuesto por el artículo 42 de la LMESM.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes a oponerse a la fusión en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la LMESM.

Madrid, 10 de noviembre de 2020.- Los Administradores mancomunados de Aparcamiento Victoriamar, S.L.U., y Aurora Aparcamientos, S.L.U., Mikel Elorza Unzurrunzaga y Francisco Javier Ramos Martín.

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