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Documento BORME-C-2020-7006

SUNRISE TECHNOLOGIES, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LEVENTON, S.A.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 8507 a 8507 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-7006

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Accionista Único de Sunrise Technologies, S.A., Sociedad Unipersonal, Sociedad Escindida, y Leventon SAU., Sociedad Beneficiaria, acordaron en fecha 5 de noviembre de 2020 por unanimidad una escisión parcial que supone el traspaso, sin extinguirse, de la división de Disposables", en favor de la sociedad Leventon SAU, Sociedad Beneficiaria, todo ello en los términos del proyecto de escisión parcial de fecha 30 de junio de 2020.

Como consecuencia de la escisión parcial de Sunrise Technologies SAU, y de conformidad con lo establecido en los artículos 49.1.3 y 70 de la LME, la escisión parcial se lleva a cabo sin necesidad de aumento de capital social en la Sociedad Beneficiaria al ser titular del 100% del capital social de la Sociedad Escindida. Asimismo el Accionista Único de la Sociedad Escindida ha acordado reducir las reservas de libre disposición de la Sociedad Escindida en el importe total de 165.861,85 euros y el capital social de la Sociedad Escindida en el importe de 4.447,49 euros, mediante la amortización de 74 acciones, numeradas de la 8.927 a la 9.000, ambas inclusive, de 60,10121 euros de valor nominal cada una de ellas, quedando el capital social fijado en la cantidad de 536.463,40 euros representado por 8.926 acciones nominativas de 60,10121 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas del 1 al 8.926, ambos inclusive.

Se hace constar el derecho de los accionistas y de los acreedores de las sociedades participantes en la escisión parcial, a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho de oposición a la escisión parcial y consiguiente reducción de capital social que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión, asiste a los acreedores en virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la LME.

L'Hospitalet de Llobregat, 6 de noviembre de 2020.- El Administrador único de la Sociedad Escindida y Consejero de la Sociedad Beneficiaria, Francesc Cuxart Vaquer.

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