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Documento BORME-C-2020-6150

DISTRIMODERM, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
REMAYSER 2011, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 202, páginas 7462 a 7462 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-6150

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Universales de las sociedades DISTRIMODERN, S.L., y REMAYSER 2011, S.L., han adoptado acuerdo unánime de fusión, en fecha 30 de junio de 2020, mediante la absorción de la segunda por la primera, al amparo de los artículos 22 y ss. de la Ley 3/2009, con disolución sin liquidación de REMAYSER 2011, S.L., y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad DISTRIMODERN IBERIA, S.L., que ha adquirido por sucesión universal todos los derechos y obligaciones. La fusión se ha acordado en base en el proyecto de fecha 30 de junio de 2020. Las Juntas han aprobado, asimismo, los últimos balances de ejercicio cerrados a fecha 31 de diciembre de 2019 y debidamente aprobados como balances de fusión de cada sociedad respectiva.

Ambas sociedades se encuentras íntegramente participadas por los mismos socios (dos únicos socios), por lo que puede entenderse que nos encontramos ante la fusión de dos sociedades hermanas, que puede llevarse a cabo por el procedimiento abreviado previsto en el artículo 49.1, por remisión del artículo 52.1 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Con la finalidad de garantizar la debida proporcionalidad entre los socios actuales de las sociedades participantes en la fusión, en la participación final de cada uno de ellos en el capital social de la sociedad absorbente que resulte tras la ejecución de la fusión, la Junta General de la sociedad absorbente adoptó en la misma fecha y Junta de 30 de junio de 2020, el acuerdo de aumentar el capital social de la sociedad en el importe de veintiséis mil euros (26.000,00 €), más una prima de asunción total de doscientos cuarenta y tres mil novecientos euros (243.900,00 €), mediante la creación de 26.000 nuevas participaciones sociales, numeradas correlativamente del 400.001 al 426.000, ambos inclusive, de igual valor nominal que las existentes, es decir, de un euro (1,00 €) de valor nominal, e idéntico contenido de derechos, adoptando los acuerdos complementarios, entre ellos la modificación y nueva redacción del artículo 7.º de los Estatutos sociales, para recoger la nueva cifra del capital social.

Se hace constar el derecho de socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que la Ley reconoce a los acreedores.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los representantes de los trabajadores a examinar en el domicilio social los documentos a los que se refiere el artículo 39 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Zaragoza, 31 de julio de 2020.- El Administrador, Juan Carlos Centelles Clua.

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