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Documento BORME-C-2020-5366

FITCH RATINGS IRELAND LIMITED
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FITCH RATINGS ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 184, páginas 6529 a 6529 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-5366

TEXTO

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 66 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante "LME"), aplicables por remisión del artículo 55 de la misma Ley, se hace público que la Junta General de Accionistas de la sociedad FITCH RATINGS IRELAND LIMITED (Sociedad Absorbente), en su reunión celebrada el 30 de julio de 2020 y el socio único de la sociedad FITCH RATINGS ESPAÑA, S.A.U. (Sociedad Absorbida), en sus acuerdos adoptados el día 19 de septiembre de 2020, han aprobado la fusión transfronteriza de las citadas sociedades, mediante la absorción de la Sociedad Absorbida de nacionalidad española por la Sociedad Absorbente de nacionalidad irlandesa, con disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, extinción de la personalidad jurídica y transmisión de su patrimonio en bloque a la Sociedad Absorbente, sin que proceda ampliación de capital de ésta sociedad, que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida y los asignará simultáneamente a su sucursal en España, todo ello en los términos y condiciones establecidos en el proyecto de fusión debidamente suscrito el 24 de junio de 2020, y depositado en el Registro Mercantil de Barcelona.

De conformidad con los artículos 43 y 66 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, accionistas y acreedores de ambas sociedades, de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los balances de fusión y demás información sobre la fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las Sociedades participantes en la fusión transfronteriza, es decir respecto de la Sociedad Absorbida a la Avenida Diagonal, n.º 601, planta 2.ª, Barcelona, España y respecto de la Sociedad Absorbente en 39/40 Upper Mount Street, Dublín 2, D02 PR89, Irlanda. Se hace constar igualmente que se ha puesto a disposición de los socios y representantes de los trabajadores y/o empleados de las Sociedades intervinientes la documentación prevista en el artículo 39 LME.

Del mismo modo se reconoce el derecho de los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la fusión transfronteriza, en los términos establecidos en el artículo 44 LME por remisión del artículo 55 LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión transfronteriza. Los acreedores podrán obtener, sin gastos, en el domicilio social de cualquiera de las entidades intervinientes en la fusión, información exhaustiva sobre las condiciones del ejercicio de sus derechos.

Barcelona, 20 de septiembre de 2020.- El Secretario no Consejero del Consejo de Administración de Fitch Ratings España, S.A.U., José María Santos González.

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