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Documento BORME-C-2020-453

GRUPO EMPRESARIAL DEL SURESTE, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 26, páginas 504 a 504 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-453

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General de Accionistas de Grupo Empresarial del Sureste, S.A., celebrada el pasado 27 de noviembre de 2019, acordó por unanimidad, de conformidad con la Ley y los Estatutos, reducir el capital social con la finalidad de proceder a la devolución del valor de las aportaciones del accionista Sursol, S.A., mediante la amortización de sus acciones, reenumerando las acciones restantes y consiguiente adecuación del artículo 6.° de los Estatutos Sociales a la cifra de capital resultante, mediante la adopción por unanimidad del siguiente acuerdo:

En ejecución de lo acordado en el Acuerdo Marco suscrito en fecha 1 de noviembre de 2019 por todos los socios y las sociedades del grupo empresarial al que pertenece la Sociedad se acuerda reducir el capital social de la Sociedad, actualmente establecido en sesenta mil ciento doce con dos céntimos (60.112,02 €), en la cifra de veinte mil cuarenta y nueve con treinta y seis céntimos (20.049,36 €), esto es, hasta la cantidad de cuarenta mil sesenta y dos con sesenta y seis céntimos (40.062,66 €), representado por 6.666 acciones de igual valor cada una, y modificándose consecuentemente el artículo 6.º de sus Estatutos Sociales, que quedará redactado en lo sucesivo de la siguiente forma:

"Artículo 6.°. - El capital social es de cuarenta mil sesenta y dos con sesenta y seis céntimos de euro (40.062,66 €). Está dividido en seis mil seiscientos sesenta y seis (6.666) acciones de seis euros y un céntimo de euro (6,01 €) de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 6.666, ambos inclusive. - Las acciones son nominativas y todas ellas son de una sola serie, igual valor y confieren los mismos derechos. - Todas y cada una de las acciones, y consecuentemente el capital social, están suscritas e íntegramente desembolsadas.

El presente acuerdo de reducción de capital será ejecutado en el plazo de un mes desde la finalización del derecho de oposición de los acreedores, previsto en el artículo 336 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC). En este sentido, se hace constar expresamenteque los acreedores de la Sociedad podrán oponerse a la citada reducción de capital social en el plazo de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción del capital social de la Sociedad, en los términos previstos en el artículo 336 de la LSC.

San Bartolomé de Tirajana, 24 de enero de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración, Sebastián Acosta González.

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