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Documento BORME-C-2020-371

OCEAN FACILITY SERVICES, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
OCEAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U.
GO FACILITIES, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 21, páginas 410 a 410 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-371

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley 3/2009"), se hace público que por decisiones del Socio único de OCEAN FACILITY SERVICES, S.L.U., de fecha 24 de enero de 2020, se aprobó la fusión por absorción entre OCEAN FACILITY SERVICES, S.L.U., como sociedad absorbente, y OCEAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U., y GO FACILITIES, S.L.U., como sociedades absorbidas, con extinción de las sociedades absorbidas que transmiten en bloque su patrimonio a la sociedad absorbente, la que adquirirá a titulo universal por sucesión universal todos los bienes, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas y decidió, igualmente, que las operaciones realizadas desde el 1 de enero de 2020, por las sociedades a ser absorbidas se entenderán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la sociedad absorbente, todo ello conforme al proyecto de fusión redactado por los órganos de administración de las sociedades participantes. No es necesaria la aprobación de la fusión por las juntas generales de las sociedades absorbidas (OCEAN SERVICIOS INTEGRALES, S.L.U., y GO FACILITIES, S.L.U.) en virtud del artículo 49.1., apartado 4.°, y del artículo 52.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Al ser sociedades limitadas las sociedades participantes en este proceso de fusión y haberse adoptado dicha decisión de fusión por el socio único de la sociedad absorbente OCEAN FACILITY SERVICES, S.L.U. - en ejercicio de las competencias atribuidas a la junta general de socios de la misma -, se aplicará lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009.

Se advierte expresamente a los acreedores de las sociedades participantes en este proceso de fusión, de su derecho a obtener el texto íntegro de la decisión adoptada y de los balances de fusión, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009.

Durante el plazo de un (1) mes contado a partir de la última publicación de este anuncio de fusión, los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión podrán oponerse a la misma, en los términos dispuestos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Madrid, 24 de enero de 2020.- Los Administradores solidarios de Ocean Facility Services, S.L.U., Ocean Servicios Integrales, S.L.U., y Go Facilities, S.L.U., Pedro Bardají Jiménez e Iván López Ríos.

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