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Documento BORME-C-2020-3638

PRODUCCIONES AGRÍCOLAS INVERNATUR, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SEMILLEROS NOVOPLANT, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 138, páginas 4534 a 4535 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3638

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante LME), se hace publico el Proyecto Común de Fusión mediante el cual la Sociedad Absorbida "Semilleros Novoplant, S.A.U." será absorbida por su sociedad matriz, la Sociedad Absorbente "Producciones Agrícolas Invernatur, S.L." (en adelante el Proyecto de Fusión).

El proyecto de Fusión ha sido redactado y suscrito por los Administradores y Consejeros Delegados de las Sociedades participantes en la Fusión, en fecha 1 de julio de 2020, y ha sido depositado en el Registro Mercantil de Almería el día 7 de julio de 2020.

La Fusión por Absorción se realizará mediante la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con aportación de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, la cual se subrogara con carácter universal en la titularidad de todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones, conforme al balance de fusión de la Sociedad Absorbida cerrado a 31 de mayo de 2020, y al balance de fusión de la Sociedad Absorbente, cerrado a 31 de mayo de 2020.

La Fusión se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49, 1 de la LME, al encontrarse la Sociedad Absorbida íntegramente participada por la Sociedad Absorbente.

En consecuencia, no resulta necesaria para la Fusión: i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME, ii) el aumento de capital social de la Sociedad Absorbente, iii) los informes de los administradores y expertos independientes, ni iv) la aprobación de la Fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbida. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la LME, no resulta tampoco necesaria la aprobación de la Fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbente.

Asiste a los accionistas de la Sociedad Absorbente y a los acreedores de las sociedades participantes en la Fusión el derecho a examinar en el domicilio social la siguiente documentación: 1) el Proyecto de Fusión, 2) las cuentas anuales y los informes de gestión de "Producciones Agrícolas Invernatur, S.L.", de los tres últimos ejercicios, 3) Balance de Fusión de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida, así como el derecho a obtener la entrega o envío gratuitos del texto integro de dichos documentos.

Asimismo, se hace constar el derecho de los accionistas de la Sociedad Absorbente que represente, al menos, el 1% del capital social, a exigir la celebración de una Junta General para la aprobación de la Fusión, durante el plazo de quince días a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos del artículo 51 de la LME, así como el derecho de los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida cuyo crédito haya nacido antes de la fecha del deposito del Proyecto de Fusión en el Registro Mercantil de Almeria, y no estuviera vencido en ese momento, a oponerse a la Fusión, durante un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos del artículo 44 de la LME.

Roquetas de Mar, 8 de julio de 2020.- Los Administradores solidarios de la Sociedad Producciones Agrícolas Invernatur, S.L., Manuel Ángel Felices López y Ginés González Asensio.- Los Consejeros Delegados Mancomunados de la Sociedad "Semilleros Novoplant, S.A.U.", Manuel Ángel Felices López, José Luis Raya de la Cruz y Felipe Godoy Sánchez.

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