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Documento BORME-C-2020-3541

COMPAÑÍA DE CARTERA E INVERSIONES, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CIDESSA UNO, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 135, páginas 4422 a 4422 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3541

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que los socios, de las sociedades COMPAÑÍA DE CARTERA E INVERSIONES, S.A., Sociedad Unipersonal, como Sociedad absorbente y de CIDESSA UNO, S.L., Sociedad Unipersonal, como sociedad absorbida, acordaron por unanimidad, en idéntica fecha, 30 de junio de 2020, aprobar la fusión por absorción de CIDESSA UNO, S.L., Sociedad Unipersonal, por parte de COMPAÑÍA DE CARTERA E INVERSIONES, S.A., Sociedad Unipersonal, como sociedad absorbente, por medio de la transmisión en bloque de todo el patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, previa disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y sin ampliación del capital social de la sociedad absorbente, por ser ésta titular del cien por cien del capital de la Sociedad absorbida.

Todo lo anterior conforme al Proyecto común de Fusión de fecha 16 de junio de 2020, suscrito por la totalidad de los miembros de los órganos de administración de las sociedades participantes en la operación de fusión, y los Balances de Fusión de dichas sociedades, cerrados ambos a 31 de diciembre de 2019, debidamente y aprobados por las Juntas Generales de las respectivas sociedades.

Se hace constar expresamente, a los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, el derecho de los socios y acreedores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los Balances de Fusión, todo lo cual se encuentra a su disposición en el domicilio social respectivo de cada una de las sociedades que se fusionan, teniendo los accionistas, socios y acreedores igualmente el derecho a obtener la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, los acreedores de las dos sociedades participantes en las operaciones de fusión podrán oponerse a los acuerdos de fusión adoptados por dichas sociedades, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

Madrid, 9 de julio de 2020.- Los Administradores mancomunados de Compañía de Cartera e Inversiones, S.A., Sociedad Unipersonal, y Cidessa Uno, S.L., Sociedad Unipersonal, Esteban Azaceta Álvarez y Ana García Romo.

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