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Documento BORME-C-2020-3483

BETAHAUS BARCELONA, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 4345 a 4345 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-3483

TEXTO

Conforme a los artículos 304 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital, y en relación con el derecho de suscripción preferente por parte de los socios de Betahaus Barcelona, S.L. (la "Sociedad"), se comunica que la Junta General de Socios de 16 de junio de 2020 aprobó el aumento de capital de la Sociedad mediante la creación de nuevas participaciones a asumir con aportaciones dinerarias y con derecho de asunción preferente por los socios actuales, en los siguientes términos:

Ampliar el capital social en un importe de 217.999,86 euros mediante la creación de 558.974 participaciones de 0,39 euros cada una. Las nuevas participaciones serán satisfechas mediante aportaciones dinerarias. En el momento de la asunción de las participaciones se desembolsarán íntegramente. Las nuevas participaciones pertenecerán a la misma clase y serie que las actualmente existentes y atribuyen a sus titulares los mismos derechos y obligaciones que éstas desde su emisión.

Los actuales socios tendrán un derecho preferente de asunción de las nuevas participaciones conforme a lo previsto legalmente, proporcional al valor nominal de las que posean. Este derecho de asunción preferente deberá ejercitarse por los actuales socios en el plazo de 1 mes desde la publicación del presente anuncio.

El derecho de asunción preferente podrá ejercitarse en el plazo indicado mediante comunicación escrita a la Sociedad, indicando la identidad del socio suscriptor, el número de participaciones de las que sea titular, el número de participaciones nuevas suscritas y resguardo acreditativo del desembolso realizado. La Sociedad proporcionará a los socios interesados el número de la cuenta bancaria en la que realizar el desembolso.

De conformidad con lo regulado en el artículo 307 de la Ley de Sociedades de Capital, finalizado el plazo para el ejercicio del derecho de asunción preferente por los socios, las participaciones sociales no asumidas por los mismos, serán ofrecidas por el Órgano de Administración a los socios que lo hubieran ejercitado, para su asunción y desembolso durante un plazo no superior a quince (15) días, desde la conclusión del plazo establecido para el ejercicio de asunción preferente. Caso de existir varios socios interesados en asumir las participaciones ofrecidas, se adjudicarán a los socios en proporción a las que cada uno de ellos tuviera en la sociedad.

Terminado este plazo, el órgano de administración dará por concluido el plazo de asunción del Aumento de Capital por el importe de las suscripciones efectivamente realizadas, modificando en los términos correspondientes el articulo cinco de los estatutos, en cumplimiento de los acuerdos de las Juntas Generales de Socios.

Barcelona, 6 de julio de 2020.- El Administrador único, Jordi Subirás Rodríguez.

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