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Documento BORME-C-2020-3387

EDIFICIOS ANDALUCES CULTURALES Y EDUCATIVOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 130, páginas 4246 a 4247 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2020-3387

TEXTO

El Consejo de Administración de la Sociedad, en reunión celebrada en Sevilla el día 15 de junio de 2020, en uso de las facultades conferidas por la Junta General de Accionistas celebrada el día 12 de junio de 2018, conforme al artículo 297.1 b) del TRLSC, adoptó el acuerdo de ampliar el capital social en los términos y condiciones que se resumen a continuación, lo que se comunica según lo dispuesto en el artículo 305.2 del TRLSC, a efectos del ejercicio del derecho de suscripción preferente por los accionistas:

1. Ampliar el capital social, haciendo uso de las facultades concedidas por la Junta General de Accionistas celebrada en Sevilla, el día 12 de junio de 2018, en la cifra de 500.001,95 euros, mediante la emisión y puesta en circulación de 83.195 acciones al portador de 6,01 euros nominales cada una, numeradas correlativamente del 1.165.621 al 1.248.815 ambas inclusive. El Consejo de Administración está autorizado por la Junta General de Accionistas para ampliar el capital social hasta tres millones quinientos dos mil seiscientos ochenta y ocho euros con diez céntimos, sin que se haya hecho uso hasta el momento de ninguna cantidad.

El tipo de emisión será a la par, es decir, por el valor nominal de cada acción, y por tanto sin prima de emisión. Dicho valor deberá ser desembolsado íntegramente en el momento de la suscripción. Las acciones emitidas gozarán de los mismos derechos, características y obligaciones que las actualmente en circulación. El plazo para la suscripción y el desembolso en metálico se iniciará el 15 de julio de 2020 y terminará el 15 de noviembre de 2020.

Los accionistas de la compañía podrán ejercitar el derecho de suscripción preferente de las nuevas acciones en proporción al valor nominal de las acciones que posean, siendo la relación de cambio de 0,071374 acción nueva por acción antigua (o lo que es lo mismo,1 acción nueva por cada 14,01070 acciones antiguas). El derecho de suscripción preferente se ejercitará dentro del plazo de un mes a contar desde el día 15 de julio de 2020, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 305 del TRLSC. Los derechos de suscripción preferente no ejercitados durante el Periodo de Suscripción Preferente se extinguirán automáticamente en el momento en que éste finalice.

En el supuesto de que finalizado el plazo de suscripción preferente hubiera acciones nuevas no suscritas, se abrirá un periodo de asignación discrecional que finalizará el 15 de noviembre de 2020, durante el cual el Consejo de Administración podrá ofrecer la suscripción de las acciones sobrantes a quien tenga por conveniente.

No obstante lo previsto en los apartados anteriores, una vez haya finalizado el periodo de suscripción preferente, la sociedad podrá dar por concluida la emisión de forma anticipada, siempre y cuando hubiera quedado íntegramente suscrito el aumento de capital.

Se prevé expresamente la suscripción incompleta, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 311 del TRLSC, por lo que si finalizado el plazo de asignación discrecional no se hubiese suscrito el importe íntegro del aumento de capital, el capital quedará aumentado en la cuantía que importen las acciones suscritas.

Como consecuencia, se modificará el artículo V de los estatutos sociales, relativo al Capital Social.

Sevilla, 1 de julio de 2020.- La Secretaria del Consejo de Administración, M.ª Jesús Fernández Guillén.

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