Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-3330

BODEGA DE SARRIA, S.A. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES VITIVINÍCOLAS, S.L. SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 129, páginas 4182 a 4182 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3330

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que el Accionista único de Bodega de Sarria, S.A., Sociedad Unipersonal, y el Socio único de Inversiones Vitivinícolas, S.L., Sociedad Unipersonal, aprobó con fecha 30 de junio de 2020 la fusión por absorción de Inversiones Vitivinícolas, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbida), por parte de Bodega de Sarria, S.A., Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente).

Esta operación es una fusión especial, sometida al régimen del artículo 52.1 de la LME, de supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas, dado que tanto la Sociedad Absorbente como la Sociedad Absorbida son sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo Accionista/Socio Único (fusión gemelar o entre "hermanas"). Esta absorción implica la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida y la transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de sus derechos y obligaciones, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de fusión por absorción suscrito el 1 de junio de 2020 por los Administradores Mancomunados de Bodega de Sarria, S.A., Sociedad Unipersonal, e Inversiones Vitivinícolas, S.L., Sociedad Unipersonal.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión por absorción a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión por absorción, así como el derecho de los acreedores de las sociedades participantes en la fusión por absorción a oponerse a la misma, en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión por absorción.

Pamplona (Navarra), 1 de julio de 2020.- Los Administradores mancomunados de Bodega de Sarria, S.A., Sociedad Unipersonal e Inversiones Vitivinícolas, S.L., Sociedad Unipersonal, Gonzalo Quintanilla Sánchez-Villacañas y Julio Hierro Puentes.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid