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Documento BORME-C-2020-3017

TRIANGLE SOLUTIONS EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
TRIANGLE INTERIM SOLUTIONS EMPRESA DE TRABAJO TEMPORAL, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 121, páginas 3798 a 3798 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-3017

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se comunica que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de socios de Triangle Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L., con domicilio en calle Bravo Murillo, n.º 377, 2.º-A, de Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 11759, folio 157, hoja M-184607, y con N.I.F. B-81626855, y de Triangle Interim Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L., con domicilio en Valencia, Avenida Cortes Valencianas, n.º 26, bloque 5, escalera 2, oficina 2, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 10037, folio 164, hoja V-167883 y CIF B-98780141 han aprobado, con fecha 19 de junio de 2020, la fusión por absorción de la sociedad Triangle Interim Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L., por Triangle Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L.

Como consecuencia de la fusión, Triangle Interim Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L., transmitirá su patrimonio en bloque a título universal a Triangle Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L., que adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones de Triangle Interim Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L., todo ello en los términos que se expresan en el proyecto común de fusión.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades que participan en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión de cada una de las mencionadas sociedades.

Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión por absorción, asiste a los acreedores de Triangle Interim Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L., y de Triangle Solutions Empresa de Trabajo Temporal, S.L., en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Madrid, 22 de junio de 2020.- El Administrador solidario de las sociedades intervinientes en la fusión, Alejandro Vigil Gasco.

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