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Documento BORME-C-2020-2957

VESCOM HISPANIA, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
VESCOM IBERIA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 3726 a 3726 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-2957

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General Universal de socios de la sociedad "Vescom Hispania, S.L.", celebrada el 19 de diciembre de 2018, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial de la sociedad, que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social constitutivo de una unidad económica independiente a favor de la sociedad "Vescom Iberia, S.L.", quien adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado. Como consecuencia de la escisión parcial la sociedad escindida "Vescom Hispania, S.L.", reducirá sus reservas en la cuantía necesaria sin reducir su capital social. Asimismo, en aplicación del régimen simplificado que recoge el artículo 78.bis de la LME, al atribuirse a los socios de la sociedad parcialmente escindida las participaciones sociales que emitirá la sociedad beneficiaria proporcionalmente a los derechos que tienen en el capital de ésta, no es necesario el informe de expertos independientes. Se hace constar expresamente que los socios y acreedores de la sociedad escindida y de la beneficiaria podrán obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y los balances de escisión, y que, asimismo, a los acreedores de la sociedad escindida de las sociedades intervinientes les asiste el derecho de oposición a la escisión parcial, durante el transcurso de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la escisión parcial, en los términos previstos en el 44 de la Ley 3/2009. Igualmente se hace constar la puesta a disposición de los trabajadores de los documentos a que se hace referencia en el artículo 39 de la LME.

Barcelona, 8 de julio de 2019.- El Administrador solidario y único, Ignacio Roig Gaeta.

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