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Documento BORME-C-2020-2886

CORE OF SOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SOS BUTANO, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 119, páginas 3635 a 3635 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-2886

TEXTO

De acuerdo con lo dispuesto en los arts. 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se anuncia y hace público que en fecha 15 de junio de 2020, el socio único de la mercantil "CORE OF SOS, S.L.U." adoptó el acuerdo de escisión parcial, sin extinción, de parte de su patrimonio consistente en la transmisión de una unidad económica independiente destinada a la actividad empresarial de comercialización, transporte y distribución de gases licuados del petróleo, transmitiéndose en bloque a la sociedad beneficiaria "SOS BUTANO, S.L.U.", quien adquirirá por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio escindido. Como consecuencia de la escisión parcial, la Sociedad Escindida reducirá su capital social y sus reservas en la cuantía necesaria, modificándose en su caso el artículo de los Estatutos sociales relativo a la cifra del capital social.

La escisión parcial se encuadra dentro de la previsión del art. 42 LME, por lo que el acuerdo de escisión parcial se ha adoptado sin necesidad de depositar o publicar, previamente, los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de los socios con derecho a voto de la sociedad escindida, habiendo servido de base para la escisión el balance de la sociedad escindida cerrado a 31 de mayo de 2020, y sobre la base del Proyecto de Escisión Parcial de fecha 5 de junio de 2020, firmado por el Órgano de Administración de la sociedad escindida.

Y de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 43 y 44 LME y 334 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho que asiste a los socios, acreedores y trabajadores de la sociedad escindida, a obtener el texto íntegro de los acuerdos de escisión adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho que les corresponde de oponerse a la escisión parcial con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo de escisión, conforme al art. 44 de la LME.

Guadassequies, 17 de junio de 2020.- El Administrador único, José Francisco Arbona Olaso.

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