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Documento BORME-C-2019-8654

ASEVASA ASESORAMIENTO Y VALORACIONES, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AON HEWITT ESPAÑA, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 225, páginas 10054 a 10054 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-8654

TEXTO

Anuncio de fusión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que el administrador de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida han suscrito en fecha 30 de junio de 2019, un Proyecto Común de Fusión Especial por el que se acuerda la fusión de las citadas sociedades mediante la absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, ambas sociedades están íntegramente participadas por Aon Gil y Carvajal, S.A., Correduría de Seguros, todo ello conforme a los previsto en los artículos 49.1 y 52.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, con transmisión a título universal del patrimonio íntegro de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, y disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, en los términos y condiciones que se indican en el Proyecto Común de Fusión Especial suscrito por los Administradores de las sociedades intervinientes, debidamente depositado en el Registro Mercantil de Madrid el día 13 de noviembre de 2019 y en el Registro Mercantil de Sevilla del día 13 de noviembre de 2019.

Se hace constar expresamente el derecho de los socios y los acreedores de las sociedades participantes en la fusión, a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión adoptado, así como de los balances de fusión, dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las Sociedades participantes en la fusión, sito en Madrid, calle Rosario Pino, 14-16 y en Sevilla, avenida Manuel Siurot, 38. De igual modo, conforme al artículo 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se reconoce el derecho de los socios que representen, al menos, el uno por ciento del capital social a exigir la celebración de la Junta de la Sociedad Absorbente para la aprobación de la absorción, así como el derecho de los acreedores de esa sociedad a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la publicación del proyecto en los términos legalmente previstos. Por último, conforme al artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se reconoce el derecho de los acreedores que se encuentren en alguno de los supuestos legales, de oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de fusión.

Madrid, 20 de noviembre de 2019.- El Administrador único de Asevasa Asesoramiento y Valoraciones, S.A., y de Aon Hewitt España, S.A., Eduardo Dávila Quiroga.

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