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Documento BORME-C-2019-7858

VEGENAT, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
VEGENAT IPCO, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 209, páginas 9183 a 9184 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7858

TEXTO

El socio único de "Vegenat, Sociedad Anónima Unipersonal", domiciliada en Pueblonuevo del Guadiana (Badajoz), carretera Badajoz-Montijo, kilómetro 24,900 y de "Vegenat IPCO, Sociedad Anónima Unipersonal"., domiciliada en Vía de las dos Castillas, 33 – Edificio Ática, 28224 – Pozuelo de Alarcón, Madrid, ha acordado el día 28 de octubre de 2019, la escisión de "Vegenat, Sociedad Anónima Unipersonal" (sociedad escindida), mediante la segregación de la rama de actividad "Nutrición Clínica", con transmisión en bloque de ésta a "Vegenat IPCO, Sociedad Anónima Unipersonal" (sociedad beneficiaria).

Como consecuencia de la escisión, la sociedad escindida reducirá su capital en un importe nominal de 1.046.753,78 euros mediante la anulación de 18.948 acciones de un valor nominal de 55,243497 euros cada una, que serán canjeadas por 50.000 acciones de nueva emisión en "Vegenat IPCO, Sociedad Anónima Unipersonal" de un valor nominal de 100 euros cada una, con una prima de emisión de 225.514,08 euros y con pago de una compensación complementaria en dinero de 220,39 euros. Con este motivo, la sociedad beneficiaria aumentará su capital en un valor nominal de 5.000.000 euros a una cifra de capital social resultante de 5.060.000 euros.

El tipo de canje es de 50.000 acciones de la sociedad beneficiaria y de una compensación complementaria en dinero de 220,39 euros por 18.948 acciones de la sociedad escindida entregadas al canje. El canje de las 18.948 acciones anuladas en la sociedad escindida por las acciones de nueva emisión en la sociedad beneficiaria y el pago de la compensación complementaria en dinero se realizarán en el acto del otorgamiento de la escritura pública de ejecución de la escisión.

El balance de escisión es el balance de la sociedad escindida cerrado al día 31 de mayo de 2019. La fecha a partir de la cual las operaciones relativas al patrimonio escindido se considerarán realizadas a efectos contables por cuenta de la sociedad beneficiaria y a partir de la cual las nuevas acciones darán derecho a participar en las ganancias sociales de la sociedad beneficiaria es el día 1 de junio de 2019.

No existen titulares de acciones de clases especiales ni de derechos especiales distintos de las acciones en la sociedad escindida. No es necesario informe de expertos sobre el proyecto de escisión, de acuerdo con lo establecido en los artículos 42.1 y 78.3 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Respecto de la aportación no dineraria de la rama de actividad, el experto independiente designado por el Registro Mercantil, Eudita AH Auditores 1986, Sociedad Anónima Profesional, ha emitido el informe previsto en los artículos 67 a 71 de la Ley de Sociedades de Capital con fecha 28 de octubre de 2019.

No se concede ventaja alguna al experto independiente ni a los administradores de ninguna de las sociedades participantes.

No se prevé que la escisión tenga consecuencias sobre el empleo ni que produzca un impacto de género en los órganos de administración ni que tenga incidencia alguna en la responsabilidad social de la empresa en ninguna de las sociedades participantes.

Los estatutos de las sociedades participantes en la escisión no son objeto de modificación, salvo en lo que respecta a la cifra de su capital.

La escisión se someterá al régimen fiscal establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado.

Los acreedores podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en el Artículo 44 de la Ley 3/2009 de 3 de abril.

Madrid, 28 de octubre de 2019.- El Secretario de la sociedad escindida y de la sociedad beneficiaria, Doctor Guillermo Frühbeck Olmedo.

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