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Documento BORME-C-2019-7282

GESTIÓN INTEGRAL ALAMEDA, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
ZERTUM DEVELOPMENTS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 191, páginas 8527 a 8527 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-7282

TEXTO

Anuncio de acuerdo de escisión parcial.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), por remisión del artículo 73 de la LME, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de Gestión Integral Alameda, S.L., celebrada el día 1 de octubre de 2019 ha aprobado por unanimidad la escisión parcial sin extinción de Gestión Integral Alameda, S.L., mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio a favor de la sociedad beneficiaria, de nueva creación, denominada Zertum Developments, S.L., la cual se constituirá simultáneamente, adquiriendo ésta por sucesión a título universal los derechos y obligaciones del patrimonio escindido, adjudicándose sus participaciones sociales a los socios de la sociedad escindida en la misma proporción y derechos a los que actualmente ostentan en el capital social de Gestión Integral Alameda, S.L.

En el acuerdo de escisión parcial adoptado consta el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen el patrimonio escindido que se transmite a la sociedad beneficiaria, Zertum Developments, S.L., y que constituye una unidad económica autónoma.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y acreedores de Gestión Integral Alameda, S.L., a solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, no siendo necesarios el informe de los Administradores, ni el informe de expertos independientes sobre el proyecto de escisión, ni el balance de escisión, en los términos previstos en el artículo 78 bis de la LME. Igualmente, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de Gestión Integral Alameda, S.L., a oponerse a la escisión total en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión parcial.

Madrid, 1 de octubre de 2019.- El Administrador único, José Carrión Martínez.

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