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Documento BORME-C-2019-6493

SIMORRA TIENDAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SYMOR LINEA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 7643 a 7643 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-6493

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público para general conocimiento, lo siguiente: Que el socio único de las sociedades SIMORRA TIENDAS, S.A.U. (sociedad absorbente), y SYMOR LINEA, S.A.U. (sociedad absorbida), ejerciendo las competencias propias de la Junta General, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, decidió, el día 12 de julio de 2019, aprobar, en ambas sociedades, la fusión por absorción de "SYMOR LINEA, S.A.U." (absorbida) por "SIMORRA TIENDAS, S.A.U." (absorbente), en los términos establecidos en el Proyecto Común de Fusión de fecha 12 de julio de 2019.

Las decisiones de fusionar ambas sociedades por un socio único conllevan que estas fueron adoptadas con el carácter de universal y por unanimidad, no habiéndose dado publicidad al proyecto de fusión, ni habiendo sido depositado el mismo en el Registro Mercantil.

Estando ambas sociedades íntegramente participadas, de forma directa, por el mismo socio único, la fusión se ha llevado a cabo mediante el denominado procedimiento abreviado, realizándose sin necesidad de concurrir los requisitos establecidos en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009.

Esta operación es una fusión especial, sometida el Régimen del artículo 52, apartado 1º de la Ley 3/2009, el cual regula los supuestos asimilados a la absorción de sociedades íntegramente participadas por el mismo socio (fusión gemelar o entre hermanas). Esta fusión por absorción implica que la entidad "SYMOR LINEA, S.A.U.", se extinguirá traspasando en bloque su patrimonio social a "SIMORRA TIENDAS, S.A.U.", que sucederá a título universal en la totalidad de los derechos y obligaciones a aquella, que quedará disuelta y extinguida sin liquidación como consecuencia de este proceso.

Asimismo, fueron aprobados por el socio único en ambas sociedades, el mismo día 12 de julio de 2019, como balances de fusión de "SYMOR LINEA, S.A.U.", y "SIMORRA TIENDAS, S.A.U.", los balances cerrados a 28 de febrero de 2019, así como el Proyecto Común de Fusión de fecha 12 de julio de 2019.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste al socio único, a los acreedores, a los titulares de derechos especiales y a los representantes de los trabajadores de las sociedades que se fusionan a obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y los balances de fusión. Los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Barcelona, 29 de junio de 2019.- Don Eduardo Dimas Matons, Administrador único de Symor Linea, S.L.U., y Administrador único de Simorra Tiendas, S.L.U.

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