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Documento BORME-C-2019-6458

SERVEI D'ENSENYAMENT I ASSESSORAMENT ESPORTIU, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 7606 a 7607 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-6458

TEXTO

Anuncio de ampliación de capital con aportaciones dinerarias.

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de SERVEI D'ENSENYAMENT I ASSESSORAMENT ESPORTIU, S.A. (en adelante, indistintamente, la "Sociedad" o "SEAE"), en su reunión de fecha 28 de junio de 2019, adoptó, por unanimidad, el acuerdo de aumentar el capital social de la Sociedad mediante aportaciones dinerarias cuyos términos y condiciones más relevantes se detallan seguidamente:

Importe del aumento y acciones a emitir:

Aumentar el capital social hasta un máximo de 2.237.998,82 euros, mediante la emisión y puesta en circulación hasta un máximo de 126.727 acciones nominativas de 17,66 euros de valor nominal cada una de ellas, de la misma clase y serie que las acciones actualmente en circulación. Dicha ampliación de capital será desembolsada al contado y mediante aportaciones dinerarias.

Asimismo, ha acordado emitir las acciones sin prima de emisión, por lo que se emitirán por su valor nominal.

Las acciones emitidas gozarán de los mismos derechos políticos y económicos que las acciones de SEAE actualmente en circulación a partir de la fecha en la que la ampliación de capital se declare suscrita y desembolsada.

- Se establecen 3 fases de suscripción:

Primera Fase: Plazo de un mes para el ejercicio del derecho de suscripción preferente por los actuales accionistas, a contar desde la fecha de la publicación del anuncio de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. En este plazo los actuales accionistas tendrán derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean.

Segunda Fase: En el supuesto que finalizada la Primera Fase de Suscripción, quedarán acciones sobrantes, se establece un nuevo plazo de 15 días posterior a la Primera Fase en el que los actuales accionistas podrán suscribir cuantas acciones deseen de las no suscritas en el primer plazo o fase. En caso que se deseen suscribir en este plazo un número mayor de acciones que el total de acciones ofertadas, se procedería a su asignación entre los suscriptores de forma proporcional, en base al porcentaje nominal que posee cada suscriptor a fecha 29 de junio de 2019.

Tercera Fase: En el supuesto que finalizada la Segunda Fase de suscripción, quedaran acciones sobrantes, se abrirá un nuevo plazo de 15 días posterior al anterior en este plazo, cualquier interesado, incluso terceros ajenos a la sociedad, podría suscribir nuevas acciones hasta agotar las ofertadas.

Los accionistas que ejerciten sus derechos de suscripción preferente y los nuevos inversores que suscriban acciones en el plazo otorgado al efecto de cada periodo deberán desembolsar, en el momento de la suscripción, mediante transferencia o ingreso directo, la totalidad del valor nominal de las acciones suscritas, en las cuentas bancarias que se designarán.

Podrá darse por concluido el Aumento de Capital de forma anticipada, en cualquier momento, siempre y cuando hubiera quedado íntegramente suscrito y desembolsado.

Por otra parte y de conformidad con lo previsto en el artículo 311 de la LSC, el acuerdo de la Junta de 28 de junio de 2019 prevé expresamente la posibilidad de una suscripción incompleta de aumento de capital, de manera que si éste, dentro del correspondiente periodo total de suscripción (las tres fases) no fuera suscrito íntegramente, la cuantía del aumento de capital quedará limitado al valor nominal de las acciones efectivamente suscritas y desembolsadas, quedando sin efecto el acuerdo de aumento de capital en cuanto al importe restante.

Se ha delegado en el Administrador Único la facultad de fijar las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto, dando nueva redacción al artículo estatutario y facultándolo para que realice todos los actos necesarios para llevar a cabo los acuerdos adoptados.

Esplugues de Llobregat, 31 de julio de 2019.- El Administrador único, Jorge Cabanas Ferrer.

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