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Documento BORME-C-2019-5968

SIGELIA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NOMIS INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 7034 a 7034 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5968

TEXTO

Acuerdo de fusión por absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que con fecha 15 de junio de 2019, los socios de SIGELIA, S.L., ejerciendo las competencias de la junta general de socios, acordó la fusión de la citada sociedad por absorción de NOMIS INVERSIONES, S.L., mediante disolución sin liquidación de ésta y la transmisión en bloque de su patrimonio social a la sociedad absorbente que adquiere, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquélla.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión dictado por el Órgano de administración de ambas Sociedades con fecha 14 de junio de 2019. Se ha adoptado los acuerdos de fusión por unanimidad en ambas sociedades por acuerdo de sus socios, ejerciendo las facultades de la Junta general, resulta que los acuerdos de fusión se adoptaron en Junta Universal, en cada una de las sociedades participantes en la fusión.

En consecuencia, y según lo dispuesto en el artículo 34 y 42 de la LME, no resulta necesaria para esta fusión (i) publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley (ii) informe de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto de fusión.

No obstante, el proyecto de fusión y los demás documentos e información a que se refiere el artículo 39 LME, se han puesto a disposición de los socios y representantes de los trabajadores para su examen en el domicilio social de ambas sociedades, o se les entregará o enviará gratuitamente si lo solicitan.

De conformidad con lo previsto en los artículos 39, 43 y 44 de la LME, se hace expresamente constar:

1. El derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado en la Juta General y el último Balance anual aprobado que tiene la consideración de Balance de Fusión.

2. El derecho de oposición a la fusión, que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades que se fusionan durante el trascurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo adoptado en la citada Junta General.

Pamplona, 15 de junio de 2019.- La Administradora única de la sociedad absorbente, Aurora Simón Ricart Cenizo.

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