Está Vd. en

Documento BORME-C-2019-5962

ARESOL SERVICIOS ENERGÉTICOS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
G-ENER ESCO, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 136, páginas 7028 a 7028 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5962

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantil, se hace público que, el día 30 de junio de 2019, la Junta General de Socios de Aresol Servicios Energéticos, Sociedad Limitada y la Socia única de G-Ener Esco, Sociedad Limitada Unipersonal, han acordado la fusión mediante absorción por Aresol Servicios Energéticos, Sociedad Limitada, de la sociedad G-Ener Esco, Sociedad Limitada Unipersonal, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y transmisión en bloque, a título universal, de su patrimonio a la sociedad absorbente. Asimismo, se han aprobado como balances de fusión los balances de las sociedades intervinientes cerrados a 31 de diciembre de 2018.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al Proyecto de Fusión redactado y suscrito por los Administradores de las dos sociedades intervinientes. El Proyecto de Fusión no ha sido depositado en el Registro Mercantil de conformidad con lo previsto en el artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), al haberse acordado la fusión, en cada una de las sociedades que participan en la fusión, en Junta universal y por unanimidad de todos los socios.

Dado que la Sociedad Absorbida está íntegramente participada por la Sociedad Absorbente, resulta asimismo de aplicación lo dispuesto en el artículo 49 LME por remisión del artículo 52 de la misma Ley.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, que se encuentran a su disposición en el domicilio social.

Se hace constar también el derecho que asiste a los acreedores sociales de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Logroño (La Rioja) y Palma de Mallorca, 9 de julio de 2019.- Los Administradores solidarios de Aresol Servicios Energéticos, Sociedad Limitada, y G-Ener Esco, Sociedad Limitada Unipersonal, Joaquín Sáenz López y Raúl Sáenz López.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid