Está Vd. en

Documento BORME-C-2019-5119

CONTRATACIÓN SEIS, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ACEITUNAS DE ARAHAL, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 112, páginas 6042 a 6042 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2019-5119

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43.1, 70 y 73.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en la Junta General Universal de las sociedades Contratación Seis, Sociedad Limitada, y Aceitunas de Arahal, Sociedad Limitada, celebradas en sus respectivos domicilios sociales el día 1 de marzo de 2019, se ha adoptado por unanimidad el acuerdo de escisión parcial de la Sociedad escindida, mediante la transmisión y el traspaso en bloque por sucesión universal, de la rama de actividad agropecuaria de la sociedad, con los elementos materiales y técnicos necesarios para el desarrollo de la misma, que forma una unidad económica autónoma, a la Sociedad beneficiaria.

Al haberse adoptado el acuerdo de escisión parcial mediante acuerdo unánime de los socios en sesión de Junta extraordinaria y universal de ambas sociedades, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42, 73 y 78 bis de la Ley de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no es necesario informe de Administradores sobre el Proyecto de escisión ni el informe de expertos independientes, así como tampoco el Balance de escisión.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la operación a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial aprobado, así como el balance de escisión general.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la operación de oponerse a la escisión parcial, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último acuerdo de escisión parcial, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Sevilla, 11 de junio de 2019.- El Administrador único de las sociedades, Julio Fernández Carrillo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid