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Documento BORME-C-2019-3408

MECANER, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 4091 a 4091 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2019-3408

TEXTO

Según lo previsto en el artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se hace público que el Accionista Único de MECANER, S.A.U. (la "Sociedad"), en ejercicio de las competencias atribuidas a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas decidió, en fecha 22 de marzo de 2019, tras la aprobación de cuentas y aplicación del resultado del ejercicio 2018, aprobar la propuesta del Consejo de Administración de reducción de capital para el restablecimiento del equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por consecuencia de pérdidas, previa compensación de resultados negativos de ejercicios anteriores con cargo a la totalidad de las reservas ("prima de emisión", "reserva legal" y "reserva por diferencias de redenominación del capital a euros"), y posterior dotación de una reserva legal por excedente del activo sobre el pasivo.

El importe de la reducción asciende a la cifra de 1.098.000,00 €, es decir, de 3.000.000 € anteriores a 1.902.000,00 €, bajo la modalidad de disminución del valor nominal de cada una de las 60.000 acciones nominativas que componen el capital social, de 50 € a 31,70 €, dando así cumplimiento al principio de paridad de trato establecido en el artículo 320 de la LSC.

La finalidad de la reducción de capital es compensar las pérdidas de la Sociedad que quedaron pendientes tras la aplicación de reservas, destinándose el importe de la reducción de capital a (i) compensar totalmente la partida de resultados negativos de ejercicios anteriores por un importe de 1.097.598,94 €, y (ii) conforme a los términos del artículo 325 de la LSC, la dotación de una reserva legal de 401,06€ por el excedente del activo sobre el pasivo y como consecuencia del redondeo a 31,70 € por acción.

Tras la reducción de capital social y compensación aprobada, la cuenta de resultados negativos de ejercicios anteriores ha quedado reducida a 0 €.

A resultas de la reducción, el capital social queda fijado en la cifra de 1.902.000,00 euros, encontrándose totalmente suscrito y desembolsado y está representado por 60.000 acciones nominativas de 31,70 euros de valor nominal cada una y numeradas correlativamente del 1 al 60.000, ambos inclusive, habiendo sido aprobada la consecuente modificación del artículo 5 de los Estatutos Sociales para reflejar la nueva cifra de capital social y el nuevo valor nominal.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 323 de la LSC, los acuerdos referidos anteriormente toman como referencia el balance individual de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2018, aprobado por la Junta General bajo el punto Segundo del Orden del Día, y auditado por el auditor de cuentas de la Sociedad, Ernst & Young, S.L., según resulta del informe de auditoría. Dicho balance y el informe del auditor se incorporarán a la escritura pública de reducción de capital.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 335 a) de la LSC, se hace constar que no existe derecho de oposición de acreedores en relación con la reducción de capital acordada, por haberse efectuado con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la Sociedad por consecuencia de pérdidas, habiendo sido aprobada su eficacia inmediata.

Urduliz (Bizkaia), 22 de marzo de 2019.- Secretaria no Consejera del Consejo de Administración, M.ª Mercedes García Menor.

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