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Documento BORME-C-2019-3360

QUONIA SOCIMI, SOCIEDAD ANÓNIMA

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 4037 a 4038 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2019-3360

TEXTO

Por acuerdo del Consejo de Administración se convoca a los accionistas a la Junta General ordinaria que se celebrará en la Notaría del señor don Camilo-José Sexto Presas, sita en Barcelona, Rambla Cataluña 91-93, 9.º-2ª, el día 26 de junio de 2019 a las 13:00 horas en primera convocatoria, y al siguiente día a la misma hora y lugar en segunda convocatoria, en su caso, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales e informe de gestión correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2018, así como de la aplicación de resultado.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de la gestión social correspondiente al mencionado ejercicio 2018.

Tercero.- Ratificación de segunda adenda de modificación del Contrato de Gestión entre Rusiton XXI, Sociedad Limitada y la Sociedad de fecha 1 de julio de 2016.

Cuarto.- Modificación del artículo 13 de los estatutos sociales al objeto de permitir la convocatoria de Juntas Generales mediante publicación en página web.

Quinto.- Creación de la página web.

Sexto.- Delegaciones para ejecutar y formalizar los acuerdos que se adopten.

Se informa a los accionistas que tienen derecho a examinar y obtener en el domicilio social o a solicitar la entrega o el envío inmediato y gratuito de las propuestas de los acuerdos que integran el orden del día y que se someterán a la aprobación de la Junta general, el texto íntegro de la modificación estatutaria propuesta y el informe justificativo sobre la misma, así como todos los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta, el informe de gestión y el informe del auditor de cuentas. Toda solicitud de información deberá incluir el nombre y apellidos del accionista y fotocopia de su Documento Nacional de Identidad (o documento acreditativo suficiente de su representación para accionistas personas jurídicas), acreditando las acciones de las que sea titular mediante la oportuna tarjeta de asistencia expedida por la entidad depositaria correspondiente, certificado de legitimación expedido por alguna de las entidades autorizadas legalmente para ello o por cualquiera otra forma admitida en Derecho. Delegación y voto emitidos a distancia. Delegación: Cuando la representación se otorgue por medios de comunicación a distancia, sólo se reputará válida aquélla conferida mediante correspondencia postal, completando y remitiendo al domicilio social la fórmula de delegación del voto contenida en la tarjeta de asistencia y delegación expedida por la entidad depositaria correspondiente, debidamente firmada por el accionista. En ausencia de designación nominativa de representante o cuando la representación se confiera a favor del Consejo de Administración, la delegación se entenderá conferida a favor del Presidente del Consejo de Administración. En caso de que el accionista sea una persona jurídica, se deberá acreditar también poder suficiente en virtud del cual se evidencien las facultades de la persona que haya conferido la delegación a distancia. El día de la Junta general los representantes designados deberán identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad o pasaporte. La notificación a la sociedad del nombramiento y, en su caso, de la revocación del representante por el accionista deberá realizarse por escrito, mediante su envío por correspondencia postal al domicilio social de la sociedad, o por medios electrónicos, mediante su envío a la dirección de correo electrónico emercader@quonia.com. Voto a distancia: Los accionistas con derecho de asistencia y voto podrán emitir su voto sobre las propuestas relativas a los puntos del orden del día mediante correspondencia postal, completando y remitiendo al domicilio social de la sociedad la fórmula de voto a distancia contenida en la tarjeta de asistencia y delegación expedida por la entidad depositaria correspondiente, debidamente firmada por el accionista. En caso de que el accionista sea una persona jurídica, deberá acreditar poder suficiente en virtud del cual se acrediten las facultades de la persona que haya emitido el voto a distancia. Reglas de procedimiento: Para su validez, tanto la delegación como el voto a distancia deberán recibirse por la sociedad con, al menos veinticuatro horas de antelación al día previsto para la celebración de la Junta general en primera convocatoria. Las delegaciones de voto emitidas por un accionista con anterioridad a la emisión por éste del voto a distancia se entenderán revocadas y las conferidas con posterioridad se tendrán por no hechas. La asistencia personal a la Junta general del accionista que hubiera delegado previamente su representación y voto dejará sin efecto dicha delegación. El voto emitido a distancia quedará sin efecto por revocación posterior y expresa, dentro del plazo establecido para la emisión y realizada por el mismo medio empleado para dicho voto a distancia o por la asistencia a la Junta general del accionista que lo hubiera emitido, todo ello en los términos previstos en la ley y este anuncio de convocatoria. Finalmente se informa que se ha acordado requerir la presencia de Notario para que levante acta de la Junta general.

Barcelona, 13 de mayo de 2019.- Secretario no Consejero del Consejo de Administración, Javier García Trujillo.

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