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De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Universal de la expresada sociedad, en su reunión de 27 de marzo de 2008, acordó reducir el capital social en 500.000 euros, con la finalidad de condonar la obligación de realizar las aportaciones pendientes.
Como consecuencia de la reducción, el capital social se fija en la cifra de 500.000 euros, representado por 10.000 acciones, números 1 al 10.000, ambas inclusive, de 50 euros de valor nominal cada una, que se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas, modificándose en los citados términos previstos el artículo 5 de los Estatutos sociales.
Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los artículos 334, 336 y 337 de la Ley de Sociedades de Capital.
Manacor, 11 de enero de 2019.- El Secretario del Consejo de Administración, Antonio Alberto Beltrán Amengual.
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