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Documento BORME-C-2018-8637

AUDITORÍA DE RIESGOS Y CONTROL DE LA EDIFICACIÓN, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LETEO CALIDAD, S.L.U.
EOS INVERSIONES PATRIMONIALES, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 10045 a 10045 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8637

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Auditoría de Riesgos y Control de la Edificación, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), y los socios únicos de Leteo Calidad, S.L.U. y EOS Inversiones Patrimoniales, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), han aprobado, con fecha 15 de noviembre de 2018, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedades Absorbidas (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de Leteo Calidad, S.L.U. y EOS Inversiones Patrimoniales, S.L.U. por parte de Auditoría de Riesgos y Control de la Edificación, S.L.U., en los términos establecidos en el proyecto común de fusión formulado con fecha 7 de noviembre de 2018.

Se hace constar que, en tanto las Sociedades Absorbidas son titulares, respectivamente de forma directa e indirecta, de todas las participaciones representativas del 100% del capital social de la Sociedad Absorbente, la fusión antes indicada se ha planteado y llevado a cabo conforme a los términos de los artículos 52 y 49 de la LME.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente, y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

En Madrid, 15 de noviembre de 2018.- Administrador único de Leteo Calidad, S.L.U., EOS Inversiones Patrimoniales, S.L.U., Auditoría de Riesgos y Control de la Edificación, S.L.U., Magnum Business Directors III, S.L., a traves de su representante persona física, D. Alberto Bermejo Madera.

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