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Documento BORME-C-2018-8315

EVERNEX SERVICIOS INFORMÁTICOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
COMPOSICIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA DE SISTEMAS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 9690 a 9690 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-8315

TEXTO

Anuncio de Acuerdo de Fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en el art. 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 1 de octubre de 2018, el socio único de Composición y Asistencia Técnica de Sistemas, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") y los socios de Evernex servicios Informaticos S.L. ("Sociedad Absorbente"), ambas sociedades intervinientes en la fusión, en ejercicio de sus competencias, han aprobado la fusión por absorción de su sociedad íntegramente participada Composición y Asistencia Técnica de Sistemas, S.L.U. (Sociedad Absorbida) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 20 de junio de 2018. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Se han utilizado como balances de fusión los cerrados para las cuentas anuales de cada una de las sociedades, esto es, los cerrados a fecha 31 de diciembre de 2017, debidamente aprobados.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el art. 49 de la LME.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito por los Órganos de Administración de las sociedades intervinientes en la fusión.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y a oponerse a la misma en los términos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Madrid, 24 de octubre de 2018.- El Secretario del Consejo de Administración de Evernex Servicios Informáticos, S.L. y Composición y Asistencia Técnica de Sistemas, S.L.U, Rafael Palop Carmona.

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