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Documento BORME-C-2018-8156

ALICANTINA DE CONSTRUCCIÓN Y EDIFICIOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 211, páginas 9500 a 9501 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2018-8156

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 305 y 319 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC"), se comunica que en la Junta General Extraordinaria de accionistas de Alicantina de Construcción y Edificios, S.A. (la "Sociedad") celebrada el 29 de octubre de 2018, se aprobó, con el voto favorable del 68,08% del capital social, previa compensación de pérdidas con cargo a reservas de la Sociedad, reducir el capital social a 0 euros, mediante la amortización de la totalidad de las acciones de la Sociedad, con simultánea ampliación de capital social, cuyos términos se indican a continuación:

I. Con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad disminuido por pérdidas, se acordó la reducción de capital social a 0 euros para compensar pérdidas, mediante la amortización de la totalidad de las acciones existentes de la Sociedad, sobre la base del balance cerrado a 31 de julio de 2018, verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad, D. Vicente Ulloa García, y que sirve de base para la reducción y ampliación de capital social simultáneos.

Dicho acuerdo queda condicionado a la ejecución del acuerdo de aumento de capital social simultáneo.

De conformidad con el artículo 335.a) LSC, atendida la finalidad de la reducción de capital social, los acreedores no tienen derecho de oposición.

II. De forma simultánea, se acordó la ampliación de capital social por importe de 165.248,72 euros mediante la emisión de 2.065.609 nuevas acciones de 0,08 euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente de la número 1 a la número 2.065.609, ambas inclusive, con una prima de emisión total de 82.624,36 euros, esto es, de 0,04 euros por acción, que se suscribirán y desembolsarán íntegramente mediante aportaciones dinerarias, con respeto al derecho de suscripción preferente de los accionistas de la Sociedad.

Procedimiento para el ejercicio del derecho de suscripción preferente:

- En virtud del artículo 304 y siguientes de la LSC, al emitir nuevas acciones con cargo a aportaciones dinerarias, se reconoce el derecho que tiene cada accionista a suscribir un número de acciones en proporción al valor nominal de las que posea.

- El plazo de ejercicio para este derecho de suscripción preferente será de 1 mes desde el día siguiente a la publicación del último de los anuncios de la oferta de suscripción de nuevas acciones en el BORME y en un periódico de especial relevancia de la provincia de Alicante.

- Los accionistas interesados en ejercer su derecho de suscripción preferente deberán personarse dentro del citado plazo de 1 mes en el domicilio social de la Sociedad aportando: (i) comunicación escrita dirigida al Presidente del Consejo de Administración indicando el número de acciones que desean suscribir; (ii) original/es del/de los título/s representativo/s de la titularidad de sus acciones correspondientes; y (iii) acompañar la certificación acreditativa de depósito a favor de la Sociedad de los correspondientes desembolosos realizados por cada accionista en contraprestación al número de acciones suscrito. El desembolso a realizar por cada accionista se llevará a cabo mediante transferencia bancaria a la cuenta titularidad de la Sociedad en la entidad Cajamar Caja Rural: ES45 3058 2595 4927 2000 0657.

- En el supuesto de que el derecho de suscripción preferente no se ejercite por algún accionista, ya sea de forma parcial o total, una vez transcurrido el plazo de 1 mes para el ejercicio de este derecho o habiendo manifestado los accionistas de forma expresa la renuncia a su derecho de suscripción preferente, éstas podrán ser suscritas por el resto de accionistas de la Sociedad que hubiesen ejercitado previamente su derecho de suscripción preferente hasta la cuantía efectiva total aprobada por la Junta General. El Consejo de Administración ofrecerá, en el plazo de 2 días hábiles a contar desde la fecha de finalización del primer período de suscripción, las acciones no asumidas a los accionistas que lo hubieran ejercitado, para su adquisición y desembolso en un plazo de 3 días hábiles adicionales. Los accionistas que deseen asumir todas o parte de estas acciones lo comunicarán al Consejo de Administración en el plazo de 3 días hábiles indicado y deberán acreditar la realidad del desembolso mediante la aportación de una certificación acreditativa del depósito a favor de la Sociedad de las cantidades correspondientes al valor de las acciones suscritas.

- A efectos de lo dispuesto en el artículo 311 LSC, una vez transcurridos los plazos anteriormente expresados, si aún restasen acciones por suscribir, el Consejo de Administración queda facultado para dar por aumentado el capital únicamente en la cuantía de las suscripciones formalizadas, dándose por tanto una suscripción incompleta. En este sentido, los accionistas han acordado delegar en el Consejo de Administración las facultades necesarias para declarar ejecutado el aumento de capital social en el importe correspondiente, así como todas aquellas facultades otorgadas de conformidad con el artículo 297 LSC.

- Una vez ejecutado el acuerdo de aumento de capital, el Consejo de Administración presentará la nueva redacción del artículo 5 de los Estatutos sociales relativo al capital social, a fin de recoger la cifra de capital resultante.

- Se informa a los accionistas de que el accionista que no suscriba acciones en virtud del aumento de capital social, perderá su condición de accionista de la Sociedad.

Finalizado el anterior proceso, el Consejo de Administración fijará, en su caso, la cifra de capital social finalmente suscrita en atención a las suscripciones remitidas, procederá a otorgar la oportuna escritura de aumento de capital social y a modificar, si fuera pertinente, el artículo 5 de los Estatutos sociales.

Alicante, 30 de octubre de 2018.- El Presidente del Consejo de Administración,, D. Ángel Federico Ródenas Guillén.

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