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Documento BORME-C-2018-698

KS INVESTMENTS, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE),
KS EUROSERVICES INTERNATIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA
KS QUALITY REALTY, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 35, páginas 815 a 815 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-698

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que el día 30 de noviembre de 2017, los accionistas de "KS EUROSERVICES INTERNATIONAL, SA" (Sociedad absorbida), "KS QUALITY REALTY, SA" (Sociedad Absorbida) y los accionistas de "KS INVESTMENTS, S.A." (Sociedad Absorbente), en el ejercicio de las competencias propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas, celebrada en los respectivos domicilios sociales, han aprobado la fusión por absorción según la cual la sociedad "KS INVESTMENTS, S.A." absorbe a las entidades "KS EUROSERVICES INTERNATIONAL, SA" y "KS QUALITY REALTY, SA", sobre la base del proyecto común de fusión de 31 de diciembre de 2017. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas. Se han utilizado como balances de fusión el cerrado por la Sociedad Absorbente en fecha 31 de diciembre de 2017 y el cerrado por las Sociedades Absorbidas en fecha 31 de diciembre de 2017, respectivamente, debidamente aprobados.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción no le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en elartículo 49 de la LME. En consecuencia, resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión del Proyecto de Fusión todas las menciones del artículo 31 de la LME, (ii)los informes de Administradores, (iii) el aumento de capital en la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por las Juntas generales de las sociedades absorbidas.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de laLME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de todos los accionistas con derecho a voto.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, y el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Marbella, 13 de febrero de 2018.- Kristina Szekely Fischl, Administradora única de "KS INVESTMENTS, S.A." (Sociedad Absorbente), Kristina Szekely Fischl, Administradora única de "KS EUROSERVICES INTERNATIONAL, S.A." (Sociedad absorbida), Kristina Szekely Fischl, Administradora única de "KS QUALITY REALTY, S.A." (Sociedad Absorbida).

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