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Documento BORME-C-2018-6342

CENTRO VETERINARIO SAN PEDRO, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 7422 a 7423 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2018-6342

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 305 y 319 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC"), se pone en conocimiento de los señores socios que en la Junta General Ordinaria de CENTRO VETERINARIO SAN PEDRO, S.L., (la "Sociedad") celebrada el 27 de junio de 2016, en primera convocatoria, con la asistencia de la totalidad de los socios, que suponen en conjunto el 100% del capital total de la sociedad, totalmente suscrito y desembolsado, se adoptó con el voto favorable del setena por ciento (70%) del capital social de la Sociedad; entre otros, el acuerdo de reducir el capital social a cero euros con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y patrimonio neto de la Sociedad y simultáneamente, un aumento del capital fijando el nuevo capital social en cincuenta y cinco mil euros (55.000) euros, dividido en cincuenta y cinco mil (55.000) participaciones de un (1) euro de valor nominal cada una.

Los términos en los que se ha acordado el referido acuerdo de reducción y simultáneo aumento de capital social son los que se detallan a continuación:

I.-Reducción de capital social a cero para compensar pérdidas mediante la amortización de todas las acciones de la Sociedad.

Se acuerda previa compensación de pérdidas con cargo a las reservas existentes, y de conformidad con el artículo 343 de la LSC, con la finalidad de compensar las pérdidas que resultan del balance de la Sociedad cerrado a 31 de diciembre de 2017, auditado por D. Nicolás Pérez Haba, auditor de la sociedad Moore Stephens Ibergrup, S.A.P, para reactivar la empresa y restablecer el equilibrio patrimonial, reducir el capital social a cero mediante la amortización de las participaciones existentes, quedando anuladas la totalidad de las setenta y cinco mil participaciones sociales hasta la fecha emitidas sobre la base del balance que se ha aprobado en esta Junta General Ordinaria de socios.

II.-Aumento de capital simultáneo.

Simultáneamente a la reducción de capital anterior, se acuerda tras revisar y aprobar el informe del Administrador único de la Sociedad de fecha 8 de junio de 2018, aumentar el capital social de la sociedad en un total de hasta cincuenta y cinco mil euros (55.000 euros) mediante las siguientes aportaciones:

- Mediante la compensación de créditos a favor de Dª. Alicia Pascual Beltrán, que ostenta un crédito totalmente líquido, vencido y exigible frente a la sociedad y que concuerda con la contabilidad social por importe de dieciocho mil euros (18.000 euros), correspondiente con créditos que le son adeudados en calidad de acreedor, y a tal efecto, se crearán 18.000 nuevas participaciones, nominativas, de una sola serie, números 1 a 18.000, ambas inclusive, de un euro (1.-euro) de valor nominal cada una de ellas, que serán suscritas por Dª. Alicia Pascual Beltrán, quedando, como consecuencia de dicha compensación, cancelado el crédito por dicho importe.

- El resto, es decir, hasta treinta y siete mil euros (37.000.-euros) mediante aportaciones dinerarias.

Con todo ello, se propone una modificación de los artículos 5 y 6BIS de los Estatutos sociales que quedarán redactados tal y como se recoge en el epígrafe 4 del informe del administrador.

Los titulares de participaciones a amortizar tendrán derecho de asunción preferente de las nuevas participaciones en proporción a la participación que actualmente ostentan en la Sociedad, el citado derecho de asunción preferente podrá ejercitarse durante el plazo de un mes desde la publicación en el BORME de los acuerdos de la Junta General de Socios que celebrada el día 27 de junio de 2018.

En caso de no asumirse íntegramente el aumento de capital, el Administrador único de la sociedad abrirá automáticamente un segundo periodo de asunción cuyo plazo para su ejercicio será́ de otros 5 días naturales, para que los socios que hubieren acudido a la asunción planteada puedan asumir el resto de capital pendiente de asumir.

El aumento de capital quedará reducido al importe de las participaciones efectivamente asumidas.

Tras la ampliación de capital las participaciones asumidas por doña Alicia Pascual Beltrán y las que en su caso pudiera asumir doña Isabel Solaz Madrid llevarán aparejadas las prestaciones accesorias a las que se refiere el artículo 6bis de los estatutos sociales.

Concurrencia de varios accionistas.

Para el caso de concurrencia de varios accionistas interesados en asumir el resto de capital no suscrito, se prorratearía en proporción al capital ostentado por cada socio en la Sociedad antes de la operación acordeón planteada.

En caso de no asumirse íntegramente el aumento de capital, en los dos periodos anteriores, el Administrador Único podrá ofrecer la adquisición de las participaciones sociales pendientes de suscribir; a cualquier persona física o jurídica interesada.

Finalizada la asunción, el Administrador Único de la Sociedad procederá a señalar la fecha en que este acuerdo adoptado en la junta deba llevarse a efecto en la cifra acordada y de fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en la Junta. Se deja constancia de que el socio que no acuda al aumento de capital perderá tal condición.

El ejercicio del derecho de asunción preferente deberá acreditarse ante la propia Sociedad remitiendo a esta en su domicilio social justificante con el correspondiente certificado del ingreso total nominal de las acciones a suscribir en la cuenta del Banco BBVA con IBAN ES39 0182 6589 7002 0156 3953, indicando como concepto del ingreso "Asunción ampliación de capital CENTRO VETERINARIO SAN PEDRO, S.L." indicando el nombre y dos apellidos, así como el documento nacional de identidad.

Valencia, 1 de julio de 2018.- La Administradora Única, Alicia Pascual Beltrán.

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