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Documento BORME-C-2018-6322

MECATUR RUBIELOS, S.L.U.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
TUR & MACHINING, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 7397 a 7397 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6322

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en los artículo 43 y 44 de la Ley 3/ 2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), por remisión expresa del artículo 73.1 del mismo texto legal, se hace público que, con fecha 30 de junio de 2018, el Socio Único de las mercantiles MECATUR RUBIELOS, S.L.U. (Sociedad Parcialmente Escindida) y TUR & MACHINING, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria), decidió, de conformidad con lo establecido en los arts. 70 y 73 de la LME, la aprobación de la operación de escisión parcial de una parte del patrimonio de MECATUR RUBIELOS, S.L.U., consistente en una unidad económica autónoma y su traspaso en bloque, por sucesión universal, a favor de la Sociedad Beneficiaria ya existente, TUR & MACHINING, S.L.U., con la consecuente reducción del patrimonio neto de la Sociedad Parcialmente Escindida, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Escisión Parcial suscrito por los administradores de ambas sociedades con fecha 1 de junio de 2018 y con arreglo al Balance de escisión parcial.

La escisión sigue el procedimiento de fusiones especiales descrito en el art. 49 de la LME de acuerdo con el 73 del mismo texto legal.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 44 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y el balance de escisión parcial dirigiéndose al domicilio social de cualquiera de las sociedades participantes.

Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición a la operación de escisión parcial que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Igualmente, se hace constar la puesta a disposición de los trabajadores de los documentos a que hace referencia el artículo 39 LME.

Teruel, 2 de julio de 2018.- D. Miguel Tomás Martín, Administrador Único de MECATUR RUBIELOS, S.L.U. y Presidente del Consejo de Administración de TUR & MACHINING, S.L.U., y D. Álvaro Tomás Villanueva y D. Antonio Agustín Ortega Madrigal, en calidad de Secretario y Vocal del Consejo de Administración de TUR & MACHINING, S.L.U.

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