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Documento BORME-C-2018-6318

EL MESÓN DE CASTILLA Y LEÓN, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
GRUPO MECAL INVERSIONES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 7393 a 7393 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6318

TEXTO

Conforme artículo 43 de la Ley 3/2009 sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante LME), se publica que El Mesón de Castilla y León, S.L. (escindida) y Grupo Mecal Inversiones, S.L. (beneficiaria), han acordado por unanimidad la escisión parcial sin extinción de la sociedad escindida y atribución de activos y pasivos a la beneficiaria en Juntas Generales Universales de fecha 1 de marzo de 2018 por el que la entidad "El Mesón de Castilla y León, S.L.", al amparo de lo dispuesto en la legislación vigente, en base a los balances de escisión parcial sin extinción de la sociedad escindida, sin reducción de capital, cerrado al 28 de Febrero de 2018, aprobado por las Juntas Universales por unanimidad el 1 de marzo de 2018 y conforme a los términos y condiciones detalladas en los informes sobre el proyecto de escisión parcial de la Escindida y de la Beneficiaria de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30, 31, 37, 73 y 74 de la Ley 3/2009 de 3 de Abril.

La Escisión es especial porque la Sociedad beneficiaria Grupo Mecal Inversiones, S.L. es participada al 100% por la sociedad escindida "Mesón de Castilla y León, S.L.", consistiendo la operación en la escisión parcial sin extinción de la Sociedad Escindida para la atribución de activos y pasivos descritos en el informe de la Sociedad Escindida que componen su patrimonio y que constituye una unidad económica autónoma, que se transmite a la sociedad beneficiaria.

Según el artículo 49.1 de la citada Ley, no procede elaborar los Informes por los Administradores y Expertos Independientes sobre el Proyecto de Escisión y Atribución de Activos. La sociedad escindida y beneficiaria son sociedades de responsabilidad limitada y se adoptaron por unanimidad de los socios el acuerdo de Escisión y de atribución de activos, conforme al artículo 42 de la Ley 3/2009.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del informe de los Administradores; así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la escisión parcial en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, conforme a los artículos 43 y 44 de la LME.

León, 20 de marzo de 2018.- El Administrador Único de ambas sociedades, Don Luis Miguel Seco Carracedo.

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