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Documento BORME-C-2018-5628

IBERDROLA ESPAÑA, S.A.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
IBERDROLA ROW, S.L.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 120, páginas 6593 a 6594 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-5628

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, en relación con el artículo 73, de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que "Iberdrola, S.A." (el "Accionista Único"), en su condición de accionista único de "Iberdrola España, S.A." (Sociedad Unipersonal) ("Iberdrola España" o la "Sociedad Escindida") e "Iberdrola Row, S.L." (Sociedad Unipersonal) ("Iberdrola Row" o la "Sociedad Beneficiaria" y conjuntamente con la Sociedad Escindida, las "Sociedades Participantes"), ha aprobado el 22 de junio de 2018, la escisión parcial sin extinción de Iberdrola España (la "Escisión") mediante la transmisión en bloque y por sucesión universal de su rama de actividad consistente en el conjunto de participaciones de "Iberdrola Renovables Row, S.L." (Sociedad Unipersonal) titular indirecta de la actividad de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables en el extranjero ("Iberdrola Renovables Row" y la "Actividad Renovables Row") a favor de Iberdrola Row, recibiendo el Accionista Único la totalidad de las participaciones sociales de nueva creación de la Sociedad Beneficiaria una vez se haya consumado la Escisión. A los efectos oportunos, se hace constar que Iberdrola Renovables Row será la sociedad de nueva creación beneficiaria de la escisión parcial de Iberdrola Renovables Energía, S.A., aprobada el 21 de junio de 2018 por Iberdrola España en su condición de accionista único de aquella.

Conforme al artículo 70.1 de la Ley de Modificaciones Estructurales, como consecuencia de la Escisión la Sociedad Escindida reducirá su capital social en la cuantía necesaria.

La Escisión ha sido aprobada por el Accionista Único de las Sociedades Participantes en los exactos términos del proyecto de escisión redactado y suscrito por el Consejo de Administración de Iberdrola España y los administradores mancomunados de Iberdrola Row con fecha 22 de junio 2018 (el "Proyecto de Escisión").

Dado que, como se ha indicado, la Escisión ha sido aprobada por el Accionista Único de las Sociedades Participantes, no ha resultado preciso publicar o depositar el Proyecto de Escisión con carácter previo a la adopción de la decisión de Escisión, al amparo del artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales, en relación con el artículo 73.

Adicionalmente, toda vez que las Sociedades Participantes están participadas íntegramente y de forma directa por el mismo socio, la Escisión se acogerá al procedimiento simplificado establecido en los artículos 49 y 78.3 de la Ley de Modificaciones Estructurales por remisión de los artículos 73 y 52 de la misma ley.

El Accionista Único y los acreedores de las Sociedades Participantes tienen el derecho, bajo el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, de obtener el texto íntegro de la decisión de Escisión adoptada, que se encuentra a su disposición en el domicilio social de las Sociedades Participantes y del que pueden solicitar la entrega o envío gratuito.

Asimismo, los acreedores de las Sociedades Participantes tendrán el derecho de oposición previsto en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de la decisión de Escisión.

Igualmente, se hace constar la puesta a disposición de los trabajadores y sus representantes para su examen en el domicilio social correspondiente, o se les entregará, a su solicitud, los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales, siempre que hayan tenido que ser preparados o emitidos en relación con la Escisión.

Bilbao, 22 de junio de 2018.- Félix Sobrino Martínez, Secretario no miembro del Consejo de Administración de Iberdrola España, S.A. (Sociedad Unipersonal). Gerardo Codes Calatrava y Javier Salazar Blanco, Administradores mancomunados de Iberdrola Row, S.L. (Sociedad Unipersonal).

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