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Documento BORME-C-2018-5521

EMPRESAS REUNIDAS GARCÍA RODRÍGUEZ HERMANOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 118, páginas 6473 a 6473 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-5521

TEXTO

REDUCCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL POR DEVOLUCIÓN DE APORTACIONES

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta general de accionistas de EMPRESAS REUNIDAS GARCÍA RODRÍGUEZ HERMANOS, S.A., en su reunión de fecha 11 de junio de 2018, adoptó por mayoría el acuerdo de proceder a la reducción de capital de la sociedad en la cantidad de 112.500,00 euros con la finalidad de devolver aportaciones a los accionistas, mediante la disminución en 9,00 euros del valor nominal de todas y cada una de las acciones.

A tal fin, se acordó la entrega a los accionistas de la sociedad y adjudicación no dineraria consistente en 10.844 participaciones sociales, números 1 a 10.844 ambas inclusive, de GARCÍA RODRÍGUEZ NAVES INDUSTRIALES, S.L. (sociedad provista de CIF B74434069, inscrita en el Registro Mercantil de Asturias al Tomo 4276, Folio 126, Hoja AS-51981, con domicilio en avda. de la Tenderina, 199, Bajo, Oviedo), así como la adjudicación dineraria por importe de 4.060,00 euros en efectivo.

La suma de la adjudicación no dineraria y de la adjudicación dineraria a los accionistas coincide con la suma en la que se reduciría el valor nominal de las acciones en circulación, 9,00 euros por acción. Tras la reducción de capital acordada, el valor nominal de las acciones pasará a ser de 91 euros.

La reducción de capital acordada deberá ejecutarse en el mes siguiente a la finalización del plazo que, para el ejercicio del derecho de oposición de los acreedores, establece el artículo 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Como consecuencia de la reducción, el capital social se fija en 1.137.500 euros, representado por 12.500 acciones nominativas de 91 euros de valor nominal cada una, que se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas, modificándose en los citados términos el artículo 5.º de los Estatutos sociales.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, en los términos previstos en los artículos 334, 336 y 337 de la Ley de Sociedades de Capital.

Oviedo, 18 de junio de 2018.- Los Administradores mancomunados, Manuel García Arenas y Benjamín García Rodríguez.

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