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Anuncio de reducción de capital y simultáneo aumento de capital.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 305, 319 y 324 de la Ley de Sociedades de Capital se comunica que en la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad de VIAJES MEDYMAR CANARIAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, celebrada en Santa Cruz de Tenerife en las oficinas de EY Abogados, Sociedad Limitada Profesional, situada en la avenida Bravo Murillo, 5, bajo, edificio Mapfre, el día 15 de mayo de 2018, en segunda convocatoria, los accionistas presentes que representaban el 60% del capital social adoptaron, entre otros, los siguientes acuerdos:
I. Reducción del capital social a 0 para compensar pérdidas mediante la amortización de todas las acciones de la Sociedad.
Previa la aprobación del balance cerrado a 31 de enero de 2018, y no contando la sociedad con ningún tipo de reservas, se acuerda reducir el capital social a 0 absorbiendo pérdidas por importe de 90.152 euros, mediante la amortización de todas las acciones existentes de la sociedad, es decir, de las 100 acciones nominativas, números de la 1 a 100, ambas inclusive.
Esta reducción afecta a todos los accionistas por igual y está supeditada a la efectiva ejecución del aumento de capital por encima del mínimo legal.
En aplicación del artículo 335 a) de la Ley de Sociedades de Capital, atendiendo a la finalidad de la reducción, los acreedores no podrán oponerse a la misma.
II. Simultáneo aumento de capital social por aportación dineraria.
Simultáneamente a la reducción, se acordó aumentar el capital social de la compañía hasta la cifra máxima de 375.000 mil euros mediante la emisión de 3.750 nuevas acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, de 100 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1 a la 3.750, ambas inclusive. Las nuevas acciones se emitirán sin prima de emisión y por aportación dineraria, y deberán ser íntegramente desembolsadas en metálico en el momento de la suscripción.
Los actuales accionistas son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les reconoce, y podrán ejercitarlo en el plazo de un mes desde la publicación del presente anuncio. Cada accionista tendrá derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que poseía en el antiguo capital. Los accionistas, que estén interesados en ejercitar su derecho de suscripción preferente, deberán comunicarlo a la sociedad en su domicilio social y realizar el desembolso, dentro del plazo previsto, en la cuenta que la sociedad le indique al efecto una vez recibida su comunicación.
Si transcurrido este plazo no fueran suscritas todas las acciones emitidas, la ampliación se llevará a efecto únicamente en el importe suscrito, siempre que sea superior a la cifra de 90.152 euros.
II. Modificación del artículo 6 de los Estatutos sociales y delegación de facultades.
Como consecuencia de lo anterior, se acuerda modificar el artículo 6 de los estatutos sociales que quedará redactado en función del resultado final de la suscripción y desembolso.
A estos efectos, se delega en el órgano de administración, la facultad de dar nueva redacción al artículo de los estatutos sociales que se refiera al capital social para recoger la nueva cifra de capital social.
Asimismo, se acuerda delegar en el órgano de administración, las facultades de, una vez transcurrido el plazo, cerrar el aumento en la cifra resultante de la suscripción y desembolso, ejecutar los acuerdos de reducción y aumento de capital simultáneos, dar nueva redacción a los artículos de los estatutos sociales referidos al capital social, en especial, a artículo 6, y otorgar las escrituras y documentos que sean necesarios al efecto, así como llevar cualquier tipo de ratificación, rectificación o subsanación hasta la definitiva inscripción del acuerdo en el Registro Mercantil correspondiente.
Santa Cruz de Tenerife, 4 de junio de 2018.- El Administrador Único, Francisco José Díaz García.
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