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Documento BORME-C-2018-4846

IBERDROLA GENERACIÓN, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HIDROELÉCTRICA IBÉRICA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL
FUERZAS ELÉCTRICAS DE NAVARRA, S.A., SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 102, páginas 5694 a 5695 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-4846

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley de Modificaciones Estructurales"), se hace público que Iberdrola Generación España, S.A. (Sociedad Unipersonal) (el "Accionista Único"), en su condición de accionista único de Iberdrola Generación, S.A. (Sociedad Unipersonal), ha aprobado el 29 de mayo de 2018 la fusión por absorción por esta última, como sociedad absorbente ("la "Sociedad Absorbente"), de Hidroeléctrica Ibérica, S.L. (Sociedad Unipersonal) y Fuerzas Eléctricas de Navarra, S.A. (Sociedad Unipersonal), como sociedades absorbidas (las "Sociedades Absorbidas"), mediante la absorción de estas por la Sociedad Absorbente, con extinción, vía disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, la totalidad de los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, conforme al proyecto común de fusión suscrito en la misma fecha por los respectivos administradores mancomunados de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas (la "Fusión"). La Sociedad Absorbente, como socio y accionista único, según corresponda, de las Sociedades Absorbidas, ha decidido aprobar la Fusión también el día 29 de mayo de 2018.

Se hace constar que, al estar las Sociedades Absorbidas íntegramente participadas de modo directo por la Sociedad Absorbente, la Fusión se acoge expresamente al procedimiento especial regulado en el artículo 49 de la Ley de Modificaciones Estructurales. Como ha sido aprobada por el socio único y accionista único, según corresponda, de todas las sociedades intervinientes, la Fusión se lleva a cabo al amparo del artículo 42 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de cada una de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión de cada una de ellas mediante su envío gratuito. Igualmente podrán examinarlos en los domicilios sociales de las sociedades fusionadas. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades fusionadas de oponerse a la Fusión, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos señalados en el artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales.

Igualmente, se hace constar la puesta a disposición de los trabajadores y sus representantes para su examen en el domicilio social o su entrega, a su solicitud, de los documentos a que hace referencia el artículo 39 de la Ley de Modificaciones Estructurales, siempre que hayan tenido que ser preparados o emitidos en relación con la Fusión.

Bilbao, 29 de mayo de 2018.- Óscar Fortis Pita y Félix Rojo Sevillano, Administradores mancomunados de Iberdrola Generación, S.A. (Sociedad Unipersonal) y de Fuerzas Eléctricas de Navarra, S.A. (Sociedad Unipersonal), y Óscar Fortis Pita y Carlos Pombo Jiménez, Administradores mancomunados de Hidroeléctrica Ibérica, S.L. (Sociedad Unipersonal).

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