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Documento BORME-C-2018-4531

ITCONIC, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EQUINIX (SPAIN), S.L.U.
EQUINIX (IBERIA) HOLDINGS, S.L.U.
INTERCONNECT EXCHANGE EUROPE, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 5360 a 5360 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-4531

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el 22 de mayo de 2018 el Accionista Único de la sociedad ITCONIC, S.A.U. (la "Sociedad Absorbente"), decidió aprobar la fusión por absorción de las sociedades EQUINIX (SPAIN), S.L.U., EQUINIX (IBERIA) HOLDINGS, S.L.U. e INTERCONNECT EXCHANGE EUROPE, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas"), con la consiguiente extinción, vía disolución sin liquidación, de las Sociedades Absorbidas y transmisión en bloque de la totalidad de sus patrimonios a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquellas. La referida fusión fue asimismo aprobada por los Socios Únicos de las Sociedades Absorbidas.

Dado que EQUINIX (SPAIN), S.L.U. e INTERCONNECT EXCHANGE EUROPE, S.L.U. están íntegramente participadas de forma directa por la Sociedad Absorbente y esta, a su vez, está íntegramente participada de forma directa por EQUINIX (IBERIA) HOLDINGS, S.L.U., resulta aplicable el procedimiento especial de fusión simplificada previsto en el artículo 49.1 en relación con el 52.1 de la LME.

Los acuerdos de fusión han sido aprobados ajustándose estrictamente al proyecto común de fusión redactado, suscrito y aprobado por los administradores de las sociedades participantes en la fusión el 9 de mayo de 2018.

De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y de los balances de fusión de la Sociedad Absorbente y de las Sociedades Absorbidas y los correspondientes informes de auditoría (respecto de las sociedades obligadas a auditar sus cuentas anuales), que se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

Asimismo, se deja expresa constancia del derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión de oponerse a la fusión, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 24 de mayo de 2018.- Los administradores solidarios de Itconic, S.A.U., Equinix (Spain), S.L.U., Equinix (Iberia) Holdings, S.L.U. y el administrador único de Interconnect Exchange Europe, S.L.U.

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