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Documento BORME-C-2018-4302

BANKINTER, S.A.,
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
BANKINTER SECURITIES, S.V., S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 98, páginas 5080 a 5081 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-4302

TEXTO

Anuncio de fusión

En cumplimiento de lo previsto en los artículos 49 y 51 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, la "LME"), se hace público que Bankinter, Sociedad Anónima (Sociedad Absorbente) y Bankinter Securities, Sociedad de Valores, Sociedad Anónima (Sociedad Absorbida), ambas por acuerdo de sus respectivos Consejos de Administración, han adoptado el día 23 de mayo de 2018 el acuerdo de fusión por absorción de la Sociedad Absorbida por la Sociedad Absorbente, en base al Proyecto común de fusión formulado y suscrito tanto por el Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente como por el Consejo de Administración de la Sociedad Absorbida, en fecha 23 de mayo de 2018. El proyecto común de fusión está disponible en la página web de ambas sociedades (www.bankinter.com/webcorporativa y www.bankintersecurities.es) desde el día 24 de mayo de 2018.

Como consecuencia de la fusión por absorción, se producirá la extinción, mediante la disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida, traspasándose en bloque, a título universal, su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida.

La fusión se efectúa atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la LME, al encontrarse la Sociedad absorbida íntegramente participada por la Sociedad absorbente. En consecuencia, no resulta necesaria para la fusión la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la LME, ni aumentar el capital social de la Sociedad absorbente, ni los informes de los administradores y expertos independientes, ni se requiere por último la aprobación de la fusión por la Junta General de ninguna de las dos sociedades participantes, conforme a lo establecido en el artículo 51 de la LME.

El proyecto establece que la ejecución de la fusión quedará sujeta a la condición suspensiva de la obtención de determinadas autorizaciones administrativas preceptivas.

Asiste a los accionistas de la Sociedad absorbente y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a examinar en el domicilio social el contenido del proyecto de fusión, de las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres (3) últimos ejercicios de las sociedades intervinientes en la fusión.

Asimismo, se hace constar el derecho de los accionistas de la Sociedad absorbente que representen, al menos el uno por ciento (1 por 100) del capital social, a exigir la celebración de una junta general para la aprobación de la fusión, durante el plazo de quince (15) días a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos del artículo 51 de la LME, así como el derecho de los acreedores de la Sociedad absorbente y de la Sociedad absorbida a oponerse a la fusión, durante un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio, en los términos del artículo 44 de la citada LME.

Madrid, 23 de mayo de 2018.- El Secretario General y del Consejo de Administración de Bankinter, S.A., Gloria Calvo Díaz, y el Secretario del Consejo de Administración de Bankinter Securities, S.V., S.A., Pablo José Godino Rodríguez.

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